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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego MIDEREC-CCC-CP-2025-0005 Eventos GSD-DN Mipymes OCR.pdf

Contratación de Servicios de Gestión de Eventos del Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) para el Gran Santo Domingo y Distrito Nacional. Dirigido a Mipymes · Ministerio de Deportes, Educación Física y Recreación

Publicado el 4 ago de 202547 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIDEREC-CCC-CP-2025-0005

Lo que dice

El pliego de julio de 2025 establece las condiciones de una comparación de precios para contratar servicios de gestión de eventos, dirigida a MIPYMES, con presupuesto base de RD$5,000,000. Fija requisitos técnicos, financieros y de experiencia, evaluación cumple/no cumple y adjudicación según el menor precio unitario en la mayor cantidad de ítems; también presenta discrepancias en el plazo de recepción, duración y alcance geográfico del servicio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (9)

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

El plazo de recepción aparece con dos fechas incompatibles

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El cronograma fija la recepción hasta el 13 de agosto, pero otra sección del pliego indica que las ofertas se recibirán solo hasta el 6 de agosto. Si rigiera esta última fecha, entre la convocatoria del 4 de agosto y el cierre habría menos de los cinco días hábiles mínimos para comparación de precios; la discrepancia puede afectar la participación y requiere aclaración.

“Recepción ofertas hasta las 10:00 a.m. del miércoles 13 de agosto 2025. Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el miércoles 06 de agosto de 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios

Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

El plazo del servicio se contradice: seis o doce meses

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

Las especificaciones describen una contratación de seis meses, pero la sección de tiempo de ejecución establece doce meses. Otras partes vuelven a mencionar seis meses; la diferencia incide en la disponibilidad exigida y en la preparación y valoración de las ofertas.

“El presente procedimiento tiene como objetivo la Contratación de Servicios de Gestión de Eventos para el Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) durante un período de 6 meses … El servicio se ejecutará durante un período de doce (12”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

El ámbito territorial del servicio no es uniforme

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El objeto y el título del pliego limitan la contratación al Gran Santo Domingo y Distrito Nacional, mientras que otras cláusulas exigen servicios en todo el país y en cualquier región. La diferencia puede alterar los costos, la logística y la capacidad requerida a los oferentes.

“El lugar de ejecución de los servicios será brindado a nivel nacional, partiendo de las localidades donde se realizarán las actividades … Disponibilidad permanente para la atención de solicitudes montaje y desmontaje de eventos “a”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Se exige un diseño 3D para un evento de otro objeto

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

Entre los documentos técnicos no subsanables se pide un diseño para eventos de entrega de certificados de títulos, aunque el objeto de este procedimiento es la gestión de eventos deportivos de MIDEREC. La exigencia puede confundir a los participantes y afectar la habilitación técnica.

“Diseño 3D, que evidencie su propuesta de montaje para los eventos de entrega de certificados de títulos. (No Subsanable)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Precio total fijo junto a criterio de adjudicación por ítems

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige ofertar un monto fijo de RD$5,000,000, pero determina la adjudicación por el menor precio unitario en la mayor cantidad de ítems. Esa combinación no deja claro cómo se compara la conveniencia económica total ni cómo se determina el resultado si los precios por ítem varían, por lo que conviene verificar la aplicación del criterio.

“el oferente deberá presentar la propuesta económica por un monto fijo de Cinco Millones de pesos dominicanos RD$ 5,000,000.00, en … criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Requisitos de almacén incluyen condiciones físicas y estéticas estrictas

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

La evaluación exige almacén cerrado, techado y construido con materiales determinados, inventario codificado y equipos sin rayaduras visibles ni deterioro, con comprobación presencial. Los criterios de estado estético y construcción pueden limitar la competencia o generar apreciaciones discrecionales si no se vinculan a parámetros funcionales verificables del servicio.

“El local debe estar cerrado, techado, y construido en block, concreto, o materiales industriales apropiados para uso como almacén. No se aceptarán instalaciones al aire libre. Los artículos ofertados (sillas, mesas, pódiums, carpas, trusses”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentosRD$1 millones

El anticipo tiene plazos incompatibles y menciona otra garantía

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El pliego fija el pago del anticipo de 20 % dentro de 60 días en una sección y dentro de 25 días en otra. Además, al describir la garantía de buen uso menciona una “Garantía de seriedad de Oferta”; debe verificarse qué instrumento cubrirá efectivamente el total del anticipo.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a), previstas en el numeral 10 condiciones de pago y retenciones, que asciende a un 20% para todos los proveedores, se hará en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la firma”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · Reglamento 416-23, art. 204 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo

Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.

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A revisarHallazgo en documentos

Reglas discrepantes sobre subsanar garantías de seriedad

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

Una cláusula dice que la garantía insuficiente en monto no es subsanable; otra permite subsanarla cuando la insuficiencia resulte de una corrección aritmética. La contradicción introduce incertidumbre sobre la admisión de ofertas y debe contrastarse con el límite de subsanación previsto en el reglamento.

“La no presentación de la garantía o que la misma sea insuficiente en tiempo o monto, no es subsanable. Cuando resulte en un monto insuficiente, producto de una corrección aritmética realizada a la oferta económica.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 198 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.

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ContextoHallazgo en documentosRD$5 millones

La actividad comercial exigida en el RPE puede no corresponder al servicio

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El objeto se clasifica como actividades de ventas y promoción de negocios y la actividad 80140000 se describe como comercialización y distribución; el pliego exige que esa actividad conste en el RPE, aunque antes la califica de “preferible”. Conviene verificar que el requisito permita competir a proveedores habilitados para gestión de eventos y no restrinja la participación por una clasificación no directamente coincidente.

“dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro clase … Actividades de ventas y promoción de negocios por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial … Comercialización y distribución”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
CTAV, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; no consta en este pliego una decisión de habilitación o descalificación.Mencionado—RD$0
Casapalmera Eventos y Producciones, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; no consta en este pliego una decisión de habilitación o descalificación.Mencionado—RD$5,000,000

Otros documentos del proceso (19)

  • 057-2025 Acta de inicio CP-0005.pdfInforme pericial · 4 ago de 2025
  • Dictamen Juridico.pdfDictamen · 4 ago de 2025
  • Solicitud de Contratacion CP-0005.pdfSolicitud de compra · 4 ago de 2025 · 1 señal
  • Ficha tecnica CP-0005.pdfPliego · 4 ago de 2025 · 1 señal
  • 1. contrato ejecucion de servicios.docxContrato · 4 ago de 2025
  • 2. SNCC.F.033 Oferta Economica.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 3. SNCC.F.034 Presentacion de Oferta.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 4. SNCC.F.036 Equipos Oferente.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 5. SNCC.F.042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 6. SNCC.D.045 Curriculo_Personal.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 7. SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 4 ago de 2025

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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8. Declaracion Jurada Simple.docx
Documento · 4 ago de 2025
  • 9. Compromiso etico de proveedores.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 10. FORMULARIO DE CONOCIMIENTO DEL CODIGO ETICA.docxDocumento · 4 ago de 2025
  • 11. Código de Ética.pdfDocumento · 4 ago de 2025
  • 057-2025 Acta de inicio CP-0005.pdfPliego · 4 ago de 2025 · 1 señal
  • Resolución CCC-074-2025 recomendación Adjudicación CP-0005.pdfActa de adjudicación · 5 sept de 2025
  • Resolucion 087-2025 declaracion desierto CP-0005.pdfResolución · 5 dic de 2025
  • Informe final del portalDocumento · —