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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO SENALIZACION VERTICAL Y HORIZONTAL.pdf

“Etapa I de Ejecución de Obras de Señalización Horizontal y Vertical en Estaciones de Peaje a Nivel Nacional, dirigida exclusivamente a MIPYMES” · FIDEICOMISO Vial RD

Publicado el 4 ago de 202581 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso FIDEICOMISO-CCC-CP-2025-0011

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios reservada exclusivamente a MIPYMES para obras de señalización vial, dividida en tres lotes, con presupuesto estimado total de RD$185,000,000: RD$76,000,000 para cada uno de los lotes 1 y 2, y RD$33,000,000 para el lote 3. Fija la recepción de ofertas hasta el 12 de agosto de 2025 y define requisitos técnicos, financieros y de experiencia, así como evaluación técnica y económica para adjudicar por lote.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión de empresas por compartir cualquier socio

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en cualquiera de sus socios, sin precisar participación mínima ni control común. La restricción puede excluir oferentes jurídicamente distintos más allá de la limitación prevista para integrantes de un consorcio.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Declaración de no tener litigios pendientes con el Estado

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige declarar que el oferente y su personal directivo no tienen juicios pendientes con el Estado o sus instituciones. Como el requisito no está limitado a litigios que acrediten incapacidad o una prohibición legal para contratar, puede excluir a participantes por el ejercicio de acciones legales.

“Declaración jurada debidamente notariado, de que ni ellos ni su personal directivo, hayan sido condenados por una infracción de carácter penal, relativo a su conducta profesional o por declaración falsa o fraudulenta acerca de su idoneidad ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Dos retenciones del 5% con bases y finalidades distintas

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El pliego prevé una retención del 5% de cada pago como garantía de trabajos y salarios y, además, otra del 5% del costo de la obra para pagar personal de inspección y supervisión. Conviene verificar cómo se acumulan, calculan y liberan ambas retenciones, junto con la amortización del anticipo.

“El FIDEICOMISO RD VIAL podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a este último, cuando cumpl”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 28 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Correcciones presupuestarias previstas hasta terminar el contrato

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

El pliego prevé corregir en cualquier momento, hasta la terminación del contrato, errores u omisiones de extensión o valor de las obras, sin precisar en esta cláusula un alcance o límite. Debe verificarse que cualquier ajuste se sujete a las causas, el procedimiento y los límites legales de modificación contractual.

“Los errores u omisiones en el cómputo y presupuesto en cuanto a extensión o valor de las obras se corregirán en cualquier tiempo hasta la terminación del Contrato.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 179 · Reglamento 416-23, art. 180 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 31

ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios

Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…

ContextoHallazgo en documentos

Actividad UNSPSC preferible en un punto y obligatoria en otro

Documento del 4 ago 2025 · hace 1 año

En la descripción del objeto, el pliego califica como preferible la actividad comercial 81100000, pero luego exige tenerla inscrita en el RPE. La diferencia entre una preferencia y una condición obligatoria puede generar incertidumbre sobre la habilitación y limitar la participación de proveedores con actividades de obras viales registradas bajo otra clasificación.

“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial Familia: - Servicios profesionales de ingeniería. … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe te”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (32)

  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 1 ago de 2025
  • solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 1 ago de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 1 ago de 2025
  • DICTAMEN J.pdfDictamen · 1 ago de 2025
  • EDITABLE.zipDocumento · 1 ago de 2025
  • LISTAD~2.XLSDocumento · 1 ago de 2025
  • LISTA CANTIDADES- LOTE 3 -.xlsxDocumento · 1 ago de 2025
  • LISTAD~1.XLSDocumento · 1 ago de 2025
  • ESPECIFICACIONES T.pdfPliego · 4 ago de 2025 · 3 señales
  • ACTA DE INICIO.pdfPliego · 4 ago de 2025
  • Pliego S. Vertical y Horizontal.pdfPliego · 4 ago de 2025 · 4 señales
  • LISTADOS DE PARTIDAS (ENMIENDA 1).zipEnmienda · 7 ago de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 180 — Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones

Artículo 180. Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones. Excepcionalmente, la institución contratante podrá realizar modificaciones a los contratos y órdenes de compra o servicios por causas no previstas en el pliego de condiciones, pero sin alterar el objeto del contrato y cumpliendo los límites porcentuales definidos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, solo en las siguientes situaciones: 1. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos. 2. Que la modificación surja como consecuencia de circunstancias imprevisibles que hacen necesarias variaciones en las condiciones contractuales…

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ACTA DE ENMIENDA FRDV-ADIR-003-2025.pdfEnmienda · 7 ago de 2025 · 2 señales
  • CIRCULAR DE RESPUESTA CP 11.pdfCircular · 8 ago de 2025 · 1 señal
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  • CONTRATO GRUPO AG & ASOCIADOS.pdfContrato · —
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  • CONTRATO GRUPO CYSAR.pdfContrato · —
  • INF. ECONOMICO CP-2025-0011.pdfDocumento · —
  • INF. ECONOMICO CP-2025-0011.pdfDocumento · —
  • INF. ECONOMICO CP-2025-0011.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —