El informe económico del proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0003, fechado el 29 de julio de 2025, evalúa como cumplidoras las ofertas de Grupo Iceberg y MG L’ Image y recomienda adjudicar el Lote 2 a Grupo Iceberg por RD$20,219,300 y los Lotes 1 y 3 a MG L’ Image. Registra para MG L’ Image una oferta de RD$12,136,360 en el Lote 3; esa cifra difiere en RD$60 del monto de RD$12,136,300 registrado para el contrato en el portal y en el total corregido de adjudicación consignado en los antecedentes del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra para MG L’ Image una oferta de RD$12,136,360 en el Lote 3, mientras que el portal registra un contrato por RD$12,136,300 y el acto correctivo referido en los antecedentes consigna un total adjudicado de RD$33,088,380 para sus Lotes 1 y 3. La diferencia es pequeña, pero corresponde conciliarla con la oferta y el acto de adjudicación; no se explica en este informe.
“Lote 3 RD$ 12,136,360.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El informe presenta oferta de MG L’ Image para los Lotes 1 y 3 y no consigna una oferta económica competidora para esos lotes; Grupo Iceberg aparece con oferta para el Lote 2. Esto deja esos dos lotes con una sola oferta evaluada y amerita revisar el efecto de las descalificaciones técnicas previas sobre la competencia efectiva.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Grupo Iceberg, S.R.L.El informe recomienda adjudicarle el Lote 2; indica que su oferta económica cumple.
Adjudicado
Lote 2
RD$20,219,300
MG L’ Image, S.R.L.El informe recomienda adjudicarle los Lotes 1 y 3; indica que su oferta económica cumple. El monto del Lote 3 consignado en el informe difiere en RD$60 del monto contractual publicado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona