El Acta No. 33/2025, de 2025-07-31, adjudica el proceso a Galusa Imports, S.R.L. por RD$2,224,064.00 para los ítems 1, 4, 5 y 6, y a Soluciones Mecánicas SM, S.R.L. por RD$1,207,895.20 para los ítems 2, 3, 7 y 8. El monto adjudicado total es RD$3,431,959.20; el acta atribuye a Galusa el menor precio del ítem 1 y los desempates de los ítems 4, 5 y 6, y a Soluciones el menor precio de los ítems 2, 3, 7 y 8.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra para Galusa una oferta económica de RD$3,817,465.20, mientras que los datos del portal suministrados para este análisis muestran RD$0. La diferencia requiere verificar la publicación y trazabilidad de la oferta; el acta sí consigna un importe y una adjudicación parcial, que explica que el monto adjudicado sea inferior a la oferta total.
“1. | GALUSA, S.R.L. | 3,817,465.20 | 39,953.03”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
El acta informa que el recurso jerárquico puede interponerse como alternativa directa a la impugnación, dentro del mismo plazo contado desde la publicación del acto. El Reglamento 416-23 establece primero la impugnación ante la institución y prevé el recurso jerárquico contra la decisión de esa impugnación o ante silencio administrativo; conviene verificar que el aviso no induzca a error sobre la secuencia y el momento para recurrir.
“QUINTO: INFORMAR que este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez (”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
Oferentes que registra (5)
2 adjudicado · 2 habilitado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
GALUSA IMPORTS, S.R.L.Adjudicada para los ítems 1, 4, 5 y 6; el acta indica menor precio en el ítem 1 y desempate ganado en los ítems 4, 5 y 6.
Adjudicado
Ítems 1, 4, 5 y 6
RD$2,224,064
INVERSIONES YANG, S.R.L.Figura entre los habilitados para apertura de la oferta económica; no fue adjudicada en este acto.
Habilitado
Ítems 2 y 8
RD$1,478,066
LENYIRUB, S.R.L.El acta la identifica como oferente, pero no figura entre los cuatro habilitados para apertura económica; la evaluación técnica definitiva previa registra como motivo que presentó la oferta económica dentro del Sobre A.
No habilitado
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PUNTO MARKET, S.R.L.Figura habilitado para apertura de la oferta económica; no fue adjudicado en este acto.
Habilitado
Ítem 2
RD$230,355
SOLUCIONES MECÁNICAS SM, S.R.L.Adjudicada para los ítems 2, 3, 7 y 8 por presentar, según el acta, el menor precio en esos artículos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona