La solicitud de compra C004, fechada el 31 de julio de 2025, requiere neumáticos para el mantenimiento preventivo de equipos, vehículos y maquinarias del MOPC. Registra 20 renglones, indica que la compra está planificada y fija un total estimado de RD$5,642,631.92, con entrega prevista en el Almacén Central del MOPC.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según el portal, el MOPC convocó el 13 de mayo de 2025 una compra de neumáticos estimada en RD$1,828,528 y el 31 de julio otra, esta solicitud, estimada en RD$5,642,631.92: juntas suman RD$7,471,159.92, por encima del umbral 2025 de licitación pública para bienes, RD$6,272,014.16. La proximidad temporal y la coincidencia del objeto ameritan revisar si las necesidades eran separables o si aplica alguna excepción; el artículo 87 presume fraccionamiento ante convocatorias del mismo rubro-clase en menos de tres meses, salvo los supuestos allí previstos.
“Objeto de la Compra: "ADQUISICIÓN DE NEUMÁTICOS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LOS EQUIPOS, VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS DEL MOPC"” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 10
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
La solicitud especifica 225/70/R16 para una cantidad de 24 unidades, mientras que el portal registra para ese renglón 255/70R16, con la misma cantidad y precio estimado. La diferencia entre medidas puede afectar qué producto se compara y recibe; conviene verificar cuál especificación corresponde, aunque podría tratarse de un error de transcripción.
“Neumático 225/70/R16” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona