La Enmienda núm. 1, fechada el 31 de julio de 2025, modifica la documentación técnica de la licitación TRABAJO-CCC-LPN-2025-0002 y establece como subsanables cuatro documentos que el pliego identificaba como no subsanables. También especifica para la garantía de seriedad un monto del 1 % de la oferta y una vigencia de 60 días hábiles.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de exclusión por falta de acreditación oportuna de competencias y experiencia del personal, cobertura de mantenimiento y referencias comerciales; permite aportar o corregir esos documentos durante la subsanación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda está fechada el 31/07/2025 y cambia requisitos de la oferta; según la convocatoria del proceso, las ofertas debían presentarse el 08/08/2025. Contrastada con la convocatoria del 26/06/2025, la fecha parece posterior al límite del 75 % del plazo para presentar ofertas que establece el reglamento; corresponde verificar el cómputo y la fecha efectiva de publicación, así como si se amplió el cronograma.
“ENMIENDA núm. 1 de fecha 31/07/2025 … 1.) 11.1.2 Documentación técnica NO SUBSANABLE: pagina 12, del Pliego de Condiciones”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Pliego, numeral 11.1.2, documentación técnica, pág. 12Subsanabilidad de documentos técnicos
Los currículos y certificaciones del personal instalador, la experiencia del personal principal, la constancia de mantenimiento durante la garantía y dos referencias comerciales con evidencias figuraban bajo documentación técnica no subsanable.
La enmienda identifica esos cuatro requisitos como subsanables.
RelajaQuita un control: Debilita el control de exclusión por falta de acreditación oportuna de competencias y experiencia del personal, cobertura de mantenimiento y referencias comerciales; permite aportar o corregir esos documentos durante la subsanación.
Pliego, garantía de seriedad de la oferta, pág. 14Monto, modalidad y vigencia de la garantía
La enmienda no reproduce las condiciones anteriores del pliego para comparar el cambio.
Establece garantía bancaria o póliza por el 1 % de la oferta, en pesos dominicanos, incondicional, irrevocable y renovable, con vigencia de 60 días hábiles desde la presentación de ofertas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona