El 30 de julio de 2025, mediante la Resolución núm. CCC-2025-061, el Comité de Compras y Contrataciones aprobó la evaluación económica y adjudicó a Pink Iguana, S.R.L. los lotes 1 y 3 por RD$22,999,899.00 y RD$9,600,000.00, respectivamente, para un total de RD$32,599,899.00. El acta indica que Pink Iguana fue la única oferente habilitada para esos lotes y sustenta la adjudicación de ambos pese a señalar que el pliego permitía adjudicar como máximo un lote por oferente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que el pliego establecía un máximo de un lote por oferente, pero adjudica a Pink Iguana los lotes 1 y 3. La justificación de que fue la única oferente habilitada en esos lotes no aclara cómo se concilia la adjudicación doble con el límite consignado; la decisión afecta directamente el reparto de los lotes.
““... se estableció que el criterio de adjudicación es menor precio mediante cotización proforma, así como la adjudicación por lote, pudiendo adjudicarse máximo un lote por oferentes, sin embargo, al solo un oferente quedar habilitado para l”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica a Pink Iguana RD$32,599,899 por los lotes 1 y 3, mientras que el portal registra dos contratos a esa empresa por RD$14,399,060 y RD$31,778,509, que suman RD$46,177,569: RD$13,577,670 más que la adjudicación consignada. Conviene verificar si los registros contractuales corresponden a estos lotes u otras prestaciones; los datos del portal pueden estar incompletos o desactualizados.
“un monto total de treinta y dos millones quinientos noventa y nueve mil ochocientos noventa y nueve pesos con 00/100 (RD$32,599,899.00) con impuestos incluidos”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona