La Resolución núm. CCC-215-2025, de fecha 2025-07-25, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica el proceso INDOTEL-CCC-CP-2025-0017 a Power Omega Dominicana, S.R.L. por RD$5,490,611.27, frente a una apropiación presupuestaria de RD$5,500,000.00. De los tres oferentes presentados, solo Power Omega quedó habilitado para la apertura económica; ANG EIRL y TCO Networking, S.R.L. fueron declarados no habilitados por incumplir criterios y especificaciones técnicas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una apropiación de RD$5,500,000 y una adjudicación de RD$5,490,611.27. Según el resumen disponible de la Resolución CCC-134-2025, la aprobación inicial del procedimiento consignaba RD$2,900,000; conviene verificar la documentación que sustentó el aumento del presupuesto entre ambas actuaciones, aunque el pliego y el portal también reflejan RD$5,500,000.
“este Comité de Compras identificó que la propuesta económica sugerida por los peritos no excede la certificación de apropiación presupuestaria núm. 2025-265, emitida por un valor de cinco millones quinientos mil pesos dominicanos con 00/100”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
De los tres participantes, únicamente Power Omega fue habilitado para abrir su oferta económica; ANG y TCO fueron excluidos por incumplimiento técnico. El resultado dejó una sola oferta económica elegible y merece revisión en relación con la competencia efectiva, aunque el acta no permite determinar por sí sola si las exclusiones fueron improcedentes.
“Power Omega Dominicana, S.R.L. Habilitado para la apertura sobre B ... ANG EIRL No habilitado para la apertura sobre B ... TCO Networking S.R.L. No habilitado para la apertura sobre B”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 78 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
El acta registra que todos los oferentes recibieron dos días calendario para subsanar. Por su brevedad, corresponde verificar si el plazo fijado en el pliego fue razonable para los documentos solicitados y si permitió subsanar en igualdad de condiciones; el documento no especifica aquí qué documentos se requirieron a cada participante.
“A estos, se le otorgó un plazo de 2 días calendarios para que subsanaran los documentos requeridos por los peritos en el informe de evaluación técnica preliminar núm. DJ-I-000073-25.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 122 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación
Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona