Publicado el 29 jul de 2025Fechado el 27 jul de 202592 páginasEn el mensaje «Resolucion 058-2025 aprobacion informe definitivo + anexos proceso MIDEREC-CCC-LPN-2025-0003»
El informe definitivo de evaluación técnica del proceso MIDEREC-CCC-LPN-2025-0003, emitido el 28 de julio de 2025, consolida la evaluación de las ofertas técnicas y recomienda habilitar a 19 oferentes para la apertura del Sobre B; no adjudica contratos. Consigna que la debida diligencia no produjo hallazgos que justificaran descalificaciones y registra puntajes y motivos de no habilitación para los demás participantes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe identifica participantes hasta el número 107 y recomienda habilitados para el Sobre B, mientras que los datos aportados del portal muestran 39 ofertas y todas figuran con monto RD$0 y estado “Cargada / Pendiente”. La diferencia requiere verificar la publicación y actualización del expediente electrónico; podría responder a un desfase del portal.
“107. | Ferama, SRL | 0 punto | 10 puntos | 0 punto | 0 punto | 0 punto | 10.00 puntos … 107. | Ferama, SRL RNC … RPE: 32796 | NO CUMPLE | NO CUMPLE | NO CUMPLE | 10 puntos | 7 puntos | No habilitado”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El informe consigna incumplimientos financieros y técnicos; puntaje 30/100.