El 24 de julio de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Energía y Minas aprobó por unanimidad adjudicar a Centro Cuesta Nacional, S.A.S. la adquisición de vales canjeables para uso interno, por RD$4,500,000.00, ITBIS incluido. El acta consigna que fue el único oferente habilitado técnicamente y que su oferta cumplía las especificaciones del pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (8 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que solo hubo un oferente habilitado y le adjudica RD$4,500,000, el mismo monto estimado según el portal. Esto dejó el precio sin contraste competitivo entre ofertas; merece revisión, aunque por sí solo no demuestra una irregularidad.
“el unico oferente habilitado tecnicamente CENTRO CUESTA NACIONAL, S.A.S.,”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La adjudicación destina RD$4,500,000 a vales canjeables para productos alimenticios de uso interno, a requerimiento de Recursos Humanos. Conviene verificar el fundamento y los controles de autorización, beneficiarios y entrega; el contexto registra otra compra de vales para uso interno del MEM en diciembre de 2024.
“la “Adquisicion de Vales Canjeables para uso inferno del MEM9””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Centro Cuesta Nacional, S.A.S.Único oferente habilitado técnicamente; los peritos recomendaron adjudicar porque cumplía las especificaciones del pliego en cuanto a calidad y precio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona