La autorización, fechada el 23 de mayo de 2025, permite iniciar la adquisición de 60 autobuses por hasta RD$375,000,000 y 12 jeeps utilitarios por hasta RD$54,000,000, para un total de RD$429,000,000. La solicitud indica que la compra se ajusta al PACC 2025; la convocatoria del proceso se publicó posteriormente, el 29 de julio de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La autorización comprende 60 autobuses y 12 jeeps por RD$429,000,000. Sin embargo, el portal registra dos filas de autobuses de 60 unidades y dos de SUV/jeep de 12 unidades: si se suman literalmente, totalizan RD$858,000,000, el doble del monto estimado publicado para el proceso. Conviene contrastar las filas con el pliego y verificar si son duplicados o representan prestaciones distintas.
“tenemos a bien autorizar er proceso de compra de sesenta (6bj) autobuses, por un monto de hasta trecientos setenta y cinco millones de pesos dominicanos con oo¡ioo (RDs375.,000,000'00), y doce (.12) iáeps utilitarios, por un monto de hasta ” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El proceso original, convocado el 29/07/2025 y estimado en RD$429,000,000, aparece cancelado en el portal. Luego constan convocatorias el 02/10/2025 para SUV por RD$54,000,000 y el 07/10/2025 para autobuses por RD$375,000,000, con el mismo código UNSPSC informado para los ítems del proceso original. La cercanía temporal y la suma coincidente con el alcance autorizado justifican verificar si corresponden a una nueva contratación legítimamente separada o si se configura la presunción reglamentaria de fraccionamiento para el mismo rubro-clase.
“tenemos a bien autorizar er proceso de compra de sesenta (6bj) autobuses, por un monto de hasta trecientos setenta y cinco millones de pesos dominicanos con oo¡ioo (RDs375.,000,000'00), y doce (.12) iáeps utilitarios, por un monto de hasta ” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 10
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona