Necesidad recurrente en compras por excepción de proveedor único
· hace 1 año
El informe describe una necesidad continua vinculada a la emisión de tarjetas aeroportuarias. En el contexto del portal constan adquisiciones del mismo tipo en diciembre de 2024 y febrero, abril y julio de 2025, mediante procesos de excepción; conviene verificar que la condición de proveedor único se sustentara para cada convocatoria en evidencia actual del mercado, sin que la recurrencia por sí sola descarte esa excepción.
“Que el CESAC tiene la necesidad de disponer de unidades para realizar la Prueba de Antidoping o Prueba de Detección de Consumo de Drogas Prohibidas en las Terminales Aeroportuarias bajo su responsabilidad, con el propósito de iniciar el pro”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →