El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional PROINDUSTRIA-CCC-LPN-2025-0002, convocada el 28 de julio de 2025, para contratar durante 24 meses el servicio de renta y configuración de cuatro servidores virtuales. Fija un valor referencial de RD$9,440,000.00 y adjudicación total por menor precio entre las ofertas habilitadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El objeto presenta la actividad 81110000 del RPE como preferible, pero la lista de credenciales exige que esté inscrita y la evaluación la incluye como requisito de elegibilidad. La diferencia puede generar incertidumbre sobre si la falta de esa clasificación causa la no habilitación.
“por lo que los oferentes deberán tener incluido en su registro de proveedor del estado (RPE) preferiblemente la actividad comercial … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego consigna 7 TB para el tamaño del backup completo y luego estima en 10 TB el respaldo que se alojará en la nube, sin explicar la diferencia. La discrepancia puede incidir en la capacidad y el costo que deben cotizar los oferentes.
“Tamaño del backup completo 7 Terra … El Tamaño del backup que estará alojado en la nube se estima en 10TB”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego presenta límites que no se corresponden con las reglas de cumplimiento que enuncia para solvencia y endeudamiento. La ambigüedad puede afectar la determinación objetiva de qué oferentes quedan habilitados.
“Límite establecido: Entre 1.5 y 2.0 Mayor o igual que > 1.50 y 2.0 (Cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige que la solución en la nube opere bajo el hipervisor local VMware, sin indicar una alternativa equivalente. Esa condición puede limitar la concurrencia a proveedores con compatibilidad con esa arquitectura; la circular posterior resumida en el expediente no indica que haya aclarado este requisito.
“La plataforma que proponga en nube debe estar soportada bajo el hipervisor local de VMWare.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El contrato es por 24 meses, pero el pliego indica que el 80 % restante se paga dentro de 30 días desde la entrega de facturas y la recepción satisfactoria, sin precisar si será por cuotas o al concluir el servicio. Conviene verificar cómo se vinculará ese pago con la prestación y recepción efectiva durante el período contractual.
“El 80% restante será pagado en un período no mayor de 30 días contados a partir de la entrega de las facturas y previa recepción satisfactoria del área requirente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego establece una penalidad de 0.5 % del monto total por cada hora o fracción de hora de demora en comunicar incidencias, sin indicar un límite acumulado. A esa tasa, 24 horas representan un 12 % del monto del contrato, por lo que procede revisar la proporcionalidad y aplicación de la cláusula.
“aplicará una penalidad del cero punto cinco por ciento (0.5%) del monto total del contrato por cada hora o fracción de hora en que el PROVEEDOR incumpla con el plazo establecido para poner en conocimiento a”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Oferentes que registra (3)
2 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Fordelink, SRLEl acta de adjudicación resumida en el expediente indica que se adjudicó conforme a la recomendación pericial, por ser el menor precio ofertado.
Adjudicado
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RD$8,999,860
SMART TESTING, S.R.L.Oferta registrada; el acta de adjudicación resumida no consigna su evaluación ni resultado.
Mencionado
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Logicone, SRLOferta registrada; el acta de adjudicación resumida no consigna su evaluación ni resultado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona