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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Estandar de compra de Bienes 3er trimestre.pdf

Solicitud Compra de Productos Farmacéuticos Dirigido Exclusivamente a Mipyme Mujeres.- · Reserva de la Policía Nacional

Publicado el 24 jul de 202552 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso REPOL-CCC-CP-2025-0006

Lo que dice

El pliego convoca una comparación de precios para adquirir 121 ítems de productos farmacéuticos, dirigida exclusivamente a MIPYMES mujeres, con valor referencial de RD$5,510,842.00 y adjudicación prevista por ítems al menor precio entre las ofertas técnicas habilitadas. Establece presentación de ofertas hasta el 1 de agosto de 2025, pero contiene diferencias en la hora límite de recepción y en la fecha prevista para entregar muestras, además de requisitos financieros con períodos contables distintos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

La fecha indicada para presentar muestras precede a la convocatoria

Documento del 24 jul 2025 · hace 1 año

El cronograma fija la presentación de muestras para el 01/07/2025, aunque la convocatoria se publicó el 24/07/2025. Como el pliego prevé la descalificación por ítem si no se entregan las muestras requeridas, la fecha consignada podría impedir la participación si se aplicara literalmente; debe verificarse si fue un error material y cuál fecha se comunicó a los interesados.

“4. Presentación de las muestras. Plazo razonable conforme al objeto de la contratación 01/07/2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige que los productos no sean genéricos

Documento del 24 jul 2025 · hace 1 año

La tabla de evaluación clasifica los 121 productos como “NO GENERICOS”, sin explicar en el texto citado por qué esa condición es necesaria para satisfacer el objeto. La exclusión puede limitar la competencia entre productos farmacéuticos que cumplan las especificaciones; conviene verificar su justificación técnica.

“1. FORMOTEROL FUMARATO/DIHIDRATO BUDESONIDA X 60 TB NO GENERICOS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija dos horas distintas para cerrar la recepción de ofertas

Documento del 24 jul 2025 · hace 1 año

El cronograma indica cierre a las 13:00 del 01/08/2025, mientras que la sección de recepción permite ofertas hasta las 13:30. La discrepancia puede afectar qué ofertas se consideran oportunas y requiere confirmar cuál hora se aplicó y se comunicó a todos los participantes.

“Desde el 24/07/2025 a las 13:00 p.m. hasta el 01/08/2025 a las 13:00 p.m. ... Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el 01 de agosto del 2025 hasta las 13:30 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Se indican períodos contables incompatibles para evaluar la capacidad financiera

Documento del 24 jul 2025 · hace 1 año

La documentación financiera requerida en una sección comprende los ejercicios 2024-2025, mientras que la tabla de evaluación identifica 2023-2024. La diferencia deja incierto qué períodos debían presentar y evaluar los oferentes; además, 2025 aún no había concluido al convocarse el proceso.

“Estado(s) Financiero(s) de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) 2024-2025, ... Estados Financieros, de los últimos ejercicios contables 2023-2024, certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autoriz”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (23)

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  • Compromiso Etico de las Instituciones Contratantes..pdfPliego · 24 jul de 2025
  • Acto Inicio de Procedimientos Prod. Farmaceuticos.pdfInforme pericial · 24 jul de 2025 · 1 señal
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 24 jul de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 24 jul de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 24 jul de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 24 jul de 2025
  • SNCC_F047_Autorizacion_Fabricante.docxDocumento · 24 jul de 2025
  • PLIEGO ESTANDAR DE BIENES Y SERVICIOS.pdfPliego · 29 jul de 2025 · 2 señales
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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