El Acta núm. 13/2025, de 17 de julio de 2025, aprueba los informes de evaluación y adjudica por unanimidad a Air Liquide Dominicana, SAS, el suministro de oxígeno y CO2 por RD$5,200,000.00. También ordena tramitar la adquisición de los ítems que resultaron desiertos y notificar los resultados del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una sola oferta, de RD$5,200,000.00, y adjudica ese mismo monto, que coincide con el estimado del proceso. La coincidencia no demuestra por sí sola una irregularidad, pero, ante la falta de competencia efectiva registrada, amerita verificar cómo se sustentó el precio y su razonabilidad.
“la empresa AIR LIQUIDE DOMINICANA SAS. SRL. presentó una oferta económica por el valor de CINCO MILLONES DOSCIENTOS CON 00/100 (RD$5,200.000.00)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica a Air Liquide RD$5,200,000.00; según los datos de pagos de la Contraloría aportados, se registran cinco libramientos por RD$7,579,412.92, una diferencia de RD$2,379,412.92 sobre el monto adjudicado. Conviene verificar contratos, modificaciones, prestaciones y pagos, pues el documento no explica esa diferencia.
“TERCERO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa AIR LIQUIDE DOMINICANA SAS. SRL. presentó una oferta económica por el valor de CINCO MILLONES DOSCIENTOS CON 00/100 (RD$5,200.000.00)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 28 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 28
ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta consigna una oferta de RD$5,200,000.00 y su adjudicación por ese monto, mientras que el registro del portal aportado muestra la oferta de Air Liquide como RD$0 y pendiente. Puede tratarse de un registro desactualizado o incompleto; conviene conciliarlo con el expediente y el contrato para mantener trazabilidad del monto ofertado.
“TERCERO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa AIR LIQUIDE DOMINICANA SAS. SRL. presentó una oferta económica por el valor de CINCO MILLONES DOSCIENTOS CON 00/100 (RD$5,200.000.00)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona