El Acta No. 28/2025, de fecha 2025-07-10, adjudica a Grey Matter Technologies, S.R.L. el lote único del suministro, instalación e implementación del sistema CCTV por RD$4,660,921.36. El acta indica que su oferta fue la de menor precio entre las dos ofertas habilitadas y que el monto estimado era RD$5,643,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El resumen del pliego en el expediente indica que el sistema cubriría nueve recintos, mientras que la descripción de la adjudicación enumera ocho. La diferencia merece verificarse frente al contrato y al alcance publicado, pues podría implicar que el objeto adjudicado no coincide plenamente con el convocado.
“SUMINISTRO, INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE CCTV PARA EL MONITOREO Y VIGILANCIA DE LOS SIGUIENTES RECINTOS: DEFENSORÍA Y USO DE ESPACIOS PÚBLICOS, GESTIÓN AMBIENTAL, ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA, EQUIPO Y TRANSPORTE (ASEO), PARQUEO”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
El acta indica que el acto puede impugnarse o recurrirse jerárquicamente dentro de diez días desde su publicación. El reglamento dispone una primera etapa de impugnación ante la institución y prevé el recurso jerárquico contra la respuesta a esa impugnación o el silencio administrativo, por lo que el aviso puede inducir a confusión sobre la secuencia y el inicio del plazo.
“INFORMAR que este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de”
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
Esta acta consigna que los Sobres B se abrieron el 5 de julio; el resumen del acta anterior indica que la apertura se había fijado para el 8 de julio. La diferencia requiere comprobar si hubo una modificación del cronograma debidamente comunicada antes de la apertura.
“Que en fecha cinco (5) de julio del año dos mil veinticinco (2025), representantes del Comité de Compras y Contrataciones del ADN mediante videoconferencia procedieron a dar apertura a los Sobres “B” contentivos de las Ofertas Económicas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Oferentes que registra (4)
2 no habilitado · 1 adjudicado · 1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grey Matter Technologies, S.R.L.Adjudicada por cumplir los requisitos técnicos y presentar el menor precio entre las ofertas habilitadas.
Adjudicado
Lote único
RD$4,660,921
Double Core Enterprise, S.R.L.No fue incluida en el listado de oferentes habilitados; el informe definitivo citado en los antecedentes del proceso consigna que no aportó documentación subsanable requerida.
No habilitado
Lote único
RD$4,196,297
Consorcio Soluciones Globales JM, S.A. – ACDC Comunicaciones, S.R.L.Habilitado para la apertura de la oferta económica; no resultó adjudicatario.
Habilitado
Lote único
RD$4,789,315
Soluciones de Tecnología Guerrero Peña, S.R.L.No fue incluida en el listado de oferentes habilitados; el informe definitivo citado en los antecedentes del proceso consigna que no aportó la documentación subsanable requerida.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…