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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

ACTA DE ADJUDICACION AMCG-CCC-CP-2025-0002.pdf

Renovacion de Centro Tecnológico y Construcción de baños Parque Municipal · Ayuntamiento Municipal Cayetano Germosén

Publicado el 18 jul de 2025Fechado el 14 jul de 20254 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1796719»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMCG-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El acta del 15 de julio de 2025 aprueba el informe económico y adjudica a Juan Francisco Marte Estrella el lote único de renovación del centro tecnológico y construcción de baños por RD$8,923,590.87. El comité fundamenta la selección en la recomendación pericial y en la mayor puntuación de la oferta.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$269,935

Adjudicación por encima de la oferta competidora registrada

Documento del 18 jul 2025 · hace 1 año

El portal registra para Prollelza Management Service una oferta de RD$8,653,656, inferior en RD$269,934.87 al monto adjudicado a Juan Francisco Marte Estrella. El acta afirma que el adjudicatario obtuvo la mayor puntuación, lo que podría justificar la diferencia; conviene contrastar la puntuación y sus criterios con el informe económico.

“SE RECOMIENDA la adjudicación del Proceso de Comparación de Precios de obras, de la REFERENCIA , sobre la contratación de Obras por Lotes, que las obras descritas más arriba en el LOTE UNICO, sea adjudicada al oferente JUAN FRANCISCO MARTE ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$30

Diferencia entre monto adjudicado y monto del contrato registrado

Documento del 18 jul 2025 · hace 1 año

El acta adjudica por RD$8,923,590.87, mientras el portal registra un contrato por RD$8,923,561: una diferencia de RD$29.87. Aunque podría tratarse de un error de transcripción o de actualización del portal, corresponde conciliar el monto adjudicado con el contractual.

“SEGUNDO: ACOGE la recomendación de adjudicación propuesta por los peritos designados y avalada por la Comisión, en tal sentido adjudica al oferente JUAN FRANCISCO MARTE ESTRELLA, del Proceso de Comparación de Precios REFERENCIA , sobre la c”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 171 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato

Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.

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A revisarHallazgo en documentos

Aviso de recurso presenta el recurso jerárquico como vía directa

Documento del 18 jul 2025 · hace 1 año

El acta informa que cabe interponer directamente un recurso jerárquico en diez días. El Reglamento 416-23 establece primero la impugnación ante la institución contratante y luego el recurso jerárquico ante la DGCP; el aviso podría inducir a error sobre la secuencia de las vías administrativas.

“Este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de 10 días, según Establece el Numeral 1 del Artículo 67 de la Le”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas

Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…

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Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación

Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…

Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Juan Francisco Marte EstrellaAdjudicatario del lote único; el acta acoge la recomendación de los peritos y señala que obtuvo la mayor puntuación.AdjudicadoLote únicoRD$8,923,591
Prollelza Management Service, S.R.L.El acta indica que los oferentes fueron habilitados para la apertura de las ofertas económicas; no resultó adjudicataria.HabilitadoLote únicoRD$8,653,656

Otros documentos del proceso (31)

  • CERIFICACION EXISTENCIA DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 19 may de 2025 · 1 señal
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  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 19 may de 2025 · 2 señales
  • PLANOS DELOS PROYECTOS.pdfDocumento · 19 may de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 19 may de 2025 · 6 señales
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 19 may de 2025 · 1 señal
  • SOLICITUD DEPROCESO.pdfDocumento · 19 may de 2025
  • VOLUMENES LOTE UNICO.pdfDocumento · 19 may de 2025
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 19 may de 2025
  • SNCC.F.034_-_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 19 may de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia.docxDocumento · 19 may de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal (1).docx

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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