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Pliego

TDR. CP-21.pdf

Reconstrucción Plaza de Vendedores Playa Mino, municipio Río San Juan, provincia María Trinidad Sánchez · Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas

Publicado el 17 jul de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0021

Lo que dice

El documento establece las bases de la Comparación de Precios CEIZTUR-CCC-CP-2025-0021 para reconstruir la Plaza de Vendedores Playa Mino, con presupuesto base de RD$34,853,769.47 y plazo de ejecución de seis meses. Define requisitos de elegibilidad, solvencia financiera y experiencia, y adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan los demás criterios. Algunas condiciones de acceso y de subsanación ameritan revisión por su posible efecto sobre la competencia.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$34.9 millones

Experiencia exigida igual o superior al presupuesto total

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

Se exige experiencia en obras similares de dos tipos y que los proyectos acreditados, individualmente o sumados, alcancen o superen el presupuesto base completo de RD$34,853,769.47. La exigencia de escala financiera equivalente al valor íntegro del contrato puede limitar la participación y merece comprobarse frente a la complejidad y alcance de la obra.

“El Oferente/Proponente deberá acreditar una experiencia mínima acumulada de tres (3) años como contratista en obras similares concluidas. Deberá acreditar una experiencia en la ejecución de mínimo una (1) obra según Nota (1) y una (1) obra ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentosRD$34.9 millones

La elegibilidad excluye a proveedores con contratos vigentes con CEIZTUR

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

El pliego convierte la ausencia de adjudicaciones vigentes con la entidad en condición de elegibilidad, sin que el criterio dependa de la capacidad disponible del oferente para ejecutar esta obra. La exclusión automática puede reducir la participación de proveedores que ya trabajan para la institución.

“Que el Proponente no tenga adjudicaciones vigentes de contrataciones realizadas por esta entidad contratante. En caso de haber concluido, la contratación que tuviera deberá presentar acta de pre-recepción del proyecto que se trate con el pr”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentosRD$34.9 millones

Dos referencias de liquidez de 15% para personas jurídicas

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

Para las personas jurídicas se solicitan por separado una referencia comercial y otra bancaria, cada una acreditando liquidez de al menos 15% del presupuesto base (aproximadamente RD$5.23 millones por referencia). La acumulación de ambas pruebas financieras, además de los indicadores y estados financieros exigidos, puede elevar la barrera de acceso y merece revisión de proporcionalidad.

“Carta de Referencia Comercial, en original, debidamente firmada y sellada, con indicación de la disponibilidad económica (con fecha no mayor a 1 mes) dirigidas al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas turísticas, en la que certifique”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

La experiencia del oferente se clasifica como no subsanable

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

El pliego marca como no subsanable el formulario de experiencia del oferente. Como la experiencia acredita una credencial de capacidad, la clasificación podría excluir ofertas por falta o error documental aun cuando el requisito material existiera al presentar la oferta; el Reglamento permite subsanar documentos de credenciales en esas condiciones.

“5. Resumen de Experiencia del oferente como contratista (Formulario SNCC.D.049) (No subsanable)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Otros documentos del proceso (35)

  • ANEXO 19- MODELO DE REFERENCIA ANALISIS DE COSTOS.pdfDocumento · 12 oct de 2022
  • Modelo Contrato de Obra VF.docxContrato · 14 may de 2024
  • Compromiso Etico Oferentes.pdfDocumento · 11 jul de 2025
  • FORMULARIOS CP-2025-21.rarDocumento · 17 jul de 2025
  • PLANOS PLAZA DE VENDEDORES PLAYA MINO - JULIO 2025.pdfPliego · 17 jul de 2025 · 2 señales
  • PRESUPUESTO PLAYA MINO - COPIA-4-7-2025-PARTIDAS-LISSETT.xlsxPliego · 17 jul de 2025
  • Convocatoria gnral. CP-21.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • Convocatoria visita. CP-21.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • Especificaciones tecnicas. CP-21.pdfPliego · 17 jul de 2025 · 1 señal
  • Listado partidas. CP-21.pdfPliego · 17 jul de 2025
  • Propuesta peritos. CP-21.pdfInforme pericial · 17 jul de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Sol. Apropiacion. CP-21.pdf
Documento · 17 jul de 2025
  • Sol. Autorizacion. CP-21.pdfAutorización · 17 jul de 2025
  • Sol. Compras. CP-21.pdfSolicitud de compra · 17 jul de 2025
  • Sol. Propuesta. CP-21.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • Acta inicio. CP-21.pdfPliego · 17 jul de 2025 · 1 señal
  • ADP. CP-21.pdfInforme pericial · 17 jul de 2025
  • Apoderamiento peritos. CP-21.pdfInforme pericial · 17 jul de 2025
  • Apoderamiento proceso. CP-21.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • ASP. CP-21.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • Autorizacion MAE. CP-21.pdfActa · 17 jul de 2025
  • Compromiso etico CCC. CP-21.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • Circular 1. CP-21.pdfCircular · 23 jul de 2025 · 1 señal
  • Circular 1. CP-21.pdfCircular · 23 jul de 2025
  • Circular subsanaciones. CP-21.pdfCircular · 4 ago de 2025 · 1 señal
  • Informe prel. financiero. CP-21.pdfDocumento · 4 ago de 2025
  • Informe Prel. Legal. CP-21.pdfDocumento · 4 ago de 2025
  • Informe Prel. Técnico. CP-21.pdfDocumento · 4 ago de 2025
  • Acta adjudicacion. CP-21.pdfActa de adjudicación · 28 ago de 2025 · 3 señales
  • Acta adjudicacion. CP-21.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta apertura B. CP-21.pdfActa · —
  • CONTRATO.pdfContrato · —
  • DISPONIBILIDAD.pdfDocumento · —
  • Informe economico. CP-21.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —