La circular, fechada el 16 de julio de 2025, modifica el cronograma del proceso y el acápite sobre la garantía de fiel cumplimiento. Fija la subasta inversa para el 30 de julio, la adjudicación para el 4 de agosto y la notificación para el 5 de agosto; el calendario también fija el 2 de septiembre para constituir la garantía, aunque el texto de la circular establece un plazo máximo de cinco días hábiles.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La fecha del 2 de septiembre posterga la constitución de la garantía respecto del plazo de cinco días hábiles desde la notificación previsto en el artículo 200 del Reglamento 416-23..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma fija la constitución de la garantía para el 2 de septiembre, pese a que la notificación de adjudicación está prevista para el 5 de agosto y la propia circular exige presentarla en un máximo de cinco días hábiles. El artículo 200 del Reglamento 416-23 cuenta ese plazo desde la notificación de la adjudicación; la fecha del cronograma dejaría la garantía pendiente por un período considerablemente mayor.
“18. Plazo para la constitución de … la garantía de fiel cumplimiento de contrato … 02 de septiembre 2025 a las 16:00 … En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Acápite 11. Cronograma de actividadesFechas del procedimiento y constitución de la garantía
La circular no reproduce el cronograma anterior.
Fija la presentación de ofertas el 18 de julio; la subasta inversa el 30 de julio; la adjudicación el 4 de agosto; la notificación el 5 de agosto; y la constitución de la garantía el 2 de septiembre de 2025.
RelajaQuita un control: La fecha del 2 de septiembre posterga la constitución de la garantía respecto del plazo de cinco días hábiles desde la notificación previsto en el artículo 200 del Reglamento 416-23.
Acápite 27. Garantías del fiel cumplimiento de contratoMonto, plazo, vigencia y devolución de la garantía
La circular no reproduce el texto anterior del acápite.
Establece una fianza del 4 % de la adjudicación, o del 1 % para adjudicatarios MIPYME, a presentar en cinco días hábiles —diez para extranjeros—; fija vigencia de 12 meses y hasta la liquidación y devolución tras la recepción conforme.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona