Prórroga automática de la vigencia de las ofertas
· hace 1 año
El pliego dispone que la oferta se prorrogue automáticamente si el oferente no comunica a tiempo que no desea renovarla. La Ley 340-06 contempla que la entidad solicite una prórroga determinada y que el oferente pueda rechazarla sin perder la garantía; conviene revisar el efecto de esta cláusula sobre la vigencia de las ofertas y sus garantías.
“Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. Si no manifiesta en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Oferta con una antelación mínim”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
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