Enmienda no cargada dentro del plazo reglamentario
· hace 1 año
El reporte establece que la falla del SECP impidió cargar la enmienda antes de vencer el plazo. La recomendación de usar mensajería del sistema y correos directos exige verificar que la enmienda se publicara formalmente y que los oferentes tuvieran tiempo suficiente para ajustar sus propuestas; el documento no acredita si esas actuaciones posteriores ocurrieron.
“La falla descrita impidió que la Unidad de Compras y Contrataciones realizara oportunamente la carga de la enmienda dentro del SECP, lo que afecta la trazabilidad y cumplimiento de los plazos establecidos para la modificación del procedimie”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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