La circular de enmienda núm. 1, formalizada el 8 de julio de 2025 para la licitación INAIPI-CCC-LPN-2025-0005, modifica el lugar de entrega, la documentación técnica, la metodología de evaluación, la adjudicación, la recepción, las reglas de incumplimiento y el idioma. Establece evaluación cumple/no cumple y adjudicación por menor precio entre las ofertas que satisfagan íntegramente los requisitos, para el lote único.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: El plazo de hasta 30 días hábiles para notificar defectos puede retrasar la comunicación al proveedor y la gestión correctiva..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda exige una carta del fabricante referida específicamente al proceso y con vigencia máxima de 30 días desde la presentación de la oferta. Es un control de autorización de distribución, pero su plazo y vinculación al proceso podrían restringir la participación; conviene verificar su proporcionalidad y aplicación uniforme.
“Carta del fabricante dirigido al Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI), en la cual se autoriza al oferente a distribuir los bienes ofertados. La misma debe hacer referencia al presente proceso y contar con u”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La enmienda fija entregas en hasta cinco días calendario desde cada requerimiento y prevé requerimientos cada quince días, mientras el objeto comprende lockers para centros y sede a nivel nacional. Dado que el proceso está reservado a MIPYMES, conviene verificar que el plazo sea razonable para la capacidad logística requerida y no limite innecesariamente la participación.
“EI INAIPI procurará establecer un esquema de frecuencia eficiente y que garantice una óptima distribución de mobiliario (Lockers), que no deberá exceder de cinco (05) días calendario, contados a partir de la fecha del requerimiento, los cua”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 158 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 158 — Razonabilidad de las condiciones exigidas
Artículo 158. Razonabilidad de las condiciones exigidas. Se respetará como principio general que los plazos y requisitos para la presentación de ofertas, entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, serán razonables de acuerdo con la capacidad de respuesta del sector, de manera tal que no se constituyan en una barrera que impidan o limiten su participación.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 6: lugar de entregaEntrega de los lockers en los centros
El texto anterior del numeral no se reproduce en la circular.
Los adjudicatarios deberán entregar los bienes en cada centro requerido, según el listado anexo con la ubicación exacta.
Aclara
Numeral 12.1.1: documentación técnicaDocumentos y acreditaciones requeridos
El texto anterior de la documentación técnica no se reproduce en la circular.
Detalla oferta técnica y catálogo con fichas en español, fotos reales, dimensiones y marcas; exige al menos dos contratos o referencias similares con certificaciones y carta del fabricante vinculada al proceso, vigente por no más de 30 días. Algunos documentos son no subsanables y otros subsanables.
Endurece
Numeral 13.1.3: metodología y criterios de evaluaciónEvaluación técnica y elegibilidad
La metodología y los criterios anteriores no se reproducen en la circular.
Aplica cumple/no cumple y convierte los documentos técnicos indicados en habilitantes obligatorios. Incluye elegibilidad, capacidad técnica, actividad principal relacionada con mobiliario, prohibición de subcontratar y reglas sobre vínculos e información de contacto compartida.
Endurece
Numeral 15: criterio de adjudicaciónPrecio y adjudicación del lote único
El criterio anterior no se reproduce en la circular.
Adjudicación por menor precio entre ofertas que cumplan todos los requisitos; la oferta debe cubrir la totalidad del ítem y se adjudicará el lote único a un proveedor.
Aclara
Sección III, numeral 38: recepción de los bienesVerificación, corrección y entregas a requerimiento
El texto anterior del numeral no se reproduce en la circular.
Prevé recepción provisional, notificación de anomalías en hasta 30 días hábiles y corrección en un máximo de cinco días hábiles. Las entregas deberán realizarse en hasta cinco días calendario desde el requerimiento, que se hará cada quince días.
NeutralQuita un control: El plazo de hasta 30 días hábiles para notificar defectos puede retrasar la comunicación al proveedor y la gestión correctiva.
Numeral 40: incumplimiento de contratoSupuestos de incumplimiento
El texto anterior del numeral no se reproduce en la circular.
Enumera como incumplimientos, entre otros, mora, falta de calidad, entrega de artículos o marcas distintas, cantidades insuficientes, deterioro y condiciones inadecuadas de transporte.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Numeral 49: idiomaDocumentos en idioma distinto del español
El texto anterior del numeral no se reproduce en la circular.
Exige español o traducción por intérprete judicial autorizado, pero permite aportar la traducción durante la subsanación si no se presentó inicialmente.