La circular del 7 de julio de 2025 responde consultas del proceso ARS SENASA-CCC-PEEX-2025-0003 y confirma correcciones al pliego, entre ellas la recepción de ofertas el miércoles 9 de julio y una vigencia contractual de un año, en vez de dos. Aclara requisitos técnicos y de operación, incluido el formato digital del inventario, la entrega de aproximadamente 450 cajas semanales a BUNKER y que SeNaSa asumirá el costo del traslado de la documentación entre almacenes. La circular confirma un presupuesto estimado de RD$20,000,000.00 pese a que la certificación de fondos consultada por un interesado indica RD$37,237,715.16, sin explicar la diferencia.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular confirma RD$20,000,000.00 como monto estimado y dice que los montos están correctos, aunque la consulta cita una certificación de fondos por RD$37,237,715.16. La diferencia merece conciliación documental para verificar cómo se relacionan el presupuesto estimado y la apropiación disponible.
“En el pliego de condiciones se establece un presupuesto base de VEINTE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$20,000,000.00), sin embargo, en la Certificación de Existencia de Fondos indica un monto de TREINTA Y SIETE MILLONES DOCIENTOS TREINTA ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La circular confirma que no se realizará visita técnica a los almacenes y establece como condición de acceso que ingresen únicamente personal del proveedor o de SeNaSa. Para este servicio de custodia, conviene verificar qué evidencia alternativa permitió comprobar las condiciones físicas y los controles de protección de las instalaciones.
“RESPUESTA: No, no se realizará visita. … El proveedor adjudicado garantizara únicamente acceso a su personal o al personal asignado por SeNaSa dentro del área de custodia de documentos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Urbanvolt Solution, SRL (BUNKER)El portal registra una oferta de RD$12,500,000.00 cargada y pendiente; la circular menciona a BUNKER como destinatario de aproximadamente 450 cajas semanales, pero no decide habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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RD$12,500,000
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma / presentación de ofertasFecha de recepción de ofertas
El pliego indicaba martes 9 de julio.
Se confirma que la fecha es miércoles 9 de julio de 2025 y que se realizó una enmienda.
Aclara
Requisitos de calificación / actividad comercialActividad comercial de almacenaje
La actividad 78130000 - almacenaje figuraba como preferible y había referencias a seguridad y protección personal.
Se confirma que la actividad 78130000 - almacenaje es obligatoria y que se corrigieron las referencias incongruentes mediante enmienda.
Endurece
Vigencia y duración del servicioPlazo contractual
El pliego indicaba una vigencia de dos años.
Se confirma que la vigencia del contrato será de un año.
Relaja
Inventario / formato de entrega de datosFormato digital del inventario
La consulta menciona la exigencia de entregar la base de datos en VCK-SQL.
Se acepta un formato digital que posea el proveedor y sea compatible, con número único de caja y descripción de su contenido.
Relaja
Requisitos técnicos / control de plagasTiempo del proceso de control de plagas
La consulta indica que el tratamiento requiere un mínimo de 24 horas antes de recibir los contenedores.
Se acepta esperar, siempre que el plazo no exceda de 24 horas.
Aclara
Credenciales / referencias comercialesCantidad de referencias comerciales
No se especificaba cuántas referencias comerciales presentar.
Se solicita un mínimo de una referencia de prestación de un servicio de la misma naturaleza.
Endurece
Transición de la documentaciónCosto del traslado entre almacenes
La consulta pregunta quién asumiría el costo del traslado desde el proveedor actual al nuevo.
SeNaSa asumirá la totalidad de ese traslado, realizado por un tercero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona