El Acta núm. [cédula], de fecha 2025-07-07, adjudica a SINERGIT, S.A. la renovación de licencias, soporte y mantenimiento de la plataforma INTRADO por RD$25,869,500.00, con un plazo de ejecución de seis meses. El Comité acogió la recomendación pericial y ordenó notificar la adjudicación, exigir la garantía de fiel cumplimiento y publicar el acta y los documentos del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité declara que el proceso no tiene reporte de lugares ocupados, aunque el Reglamento 416-23 dispone que el informe económico determine el orden ocupado por cada oferta y que el acta de adjudicación incluya ese reporte. El expediente registra una sola oferta, circunstancia que puede explicar que no existieran posiciones comparativas, pero conviene verificar cómo se documentó el resultado exigido.
“cuatro (4): DECLARAR que, por la naturaleza de este proceso, no tiene reporte de lugares ocupados”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 132 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta registra una sola oferta, de SINERGIT, S.A., y le adjudica RD$25,869,500.00. La selección directa por proveedor único puede explicar la ausencia de competencia en este procedimiento, pero al no haber ofertas alternativas no consta una comparación competitiva de precios; resulta pertinente revisar la razonabilidad del monto con referencias independientes.
“tuvo lugar el Acto de Etapa Unica de Recepcién y Apertura de la Oferta Técnica (“Sobre A”) y Oferta Econémica (“Sobre B”), presentada en formato virtual por la empresa SINERGIT, S.A,”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
El acta adjudica nuevamente a SINERGIT, S.A.; según el historial aportado del portal, la empresa tuvo 16 contratos con esta institución por RD$339,403,521 en los 24 meses previos. La reiteración en la contratación merece revisión de la concentración y de las alternativas disponibles, teniendo en cuenta que este proceso se tramitó como proveedor único.
“ADJUDICAR, el presente Proceso … de Excepcién por Proveedor Unico para la “Renovacién de los Servicios de Licencia para Uso Extendido, Soporte y Mantenimiento para la Plataforma Tecnolégica de Recepcion y Despacho a Emergencias (INTRADO”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona