El pliego establece las condiciones para contratar, mediante excepción por proveedor único, servicios de licencias informáticas APPIAN para la Superintendencia de Electricidad, con presupuesto estimado de RD$8,000,000. Fija una vigencia de 12 meses, entrega en un máximo de 15 días y un único pago posterior a la activación y validación. Para recibir ofertas en papel, indica una ventana de apenas 15 minutos el 4 de julio de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija el inicio y el cierre de la recepción el mismo día, con solo 15 minutos para presentar propuestas en soporte físico. Aunque se trata de una excepción por proveedor único y el plazo mínimo ordinario no resulta aplicable, la brevedad merece comprobarse frente a la exigencia de plazos razonables y proporcionales para los procedimientos de excepción.
“Las ofertas serán recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP 4 de Julio a partir de las 11:00 A.M. será el inicio de la recepción hasta el 4 de Julio del 2025 a las 11:15 A.M., que será el fin de la recepción, de los día”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Para las ofertas en papel, el pliego indica que la oferta técnica y la económica deben ir en un único sobre. Esto se aparta de la regla reglamentaria de presentación en sobres separados y puede debilitar la separación y confidencialidad entre la evaluación técnica y la económica.
“Los documentos contenidos en el "Sobre A" y en el "Sobre B", (un único sobre) deberán ser presentados en original en ella deberá constar la firma original del oferente y de ser una persona jurídica la firma del representante legal y el sell”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 110 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona