El acto CEIZTUR-CCC-137-2025, fechado el 4 de julio de 2025, aprueba una enmienda a las especificaciones del proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0017 y corrige la referencia del procedimiento. Establece plazos de ejecución de ocho meses para los lotes 1 y 2 y seis meses para el lote 3, con posibilidad de evaluar cronogramas que excedan esos plazos hasta en 15 días. También precisa la adjudicación por menor precio y permite participar y resultar adjudicatario en los tres lotes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto está fechado el 4 de julio y modifica condiciones relevantes para preparar ofertas: la duración aceptable de los cronogramas y la posibilidad de concurrir y ser adjudicatario en los tres lotes. Según el cronograma del proceso, las ofertas se recibían hasta el 9 de julio; el acto no consigna una ampliación del plazo, por lo que corresponde verificar si se extendió proporcionalmente como prevé el reglamento.
“Los oferentes podrán participar en los tres (3) lotes, siempre y cuando cuenten con la experiencia y competencias requeridas, pudiendo ser adjudicatarios de los tres lotes. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Página 1, referencia del procedimientoCorrección de nomenclatura
La nomenclatura previa no se reproduce en el acto.
La referencia queda como CEIZTUR-CCC-CP-2025-0017.
Aclara
Numeral 21Plazos de ejecución de las obras
La redacción anterior del numeral 21 no se reproduce en el acto.
Fija ocho meses para los lotes 1 y 2 y seis meses para el lote 3; permite considerar cronogramas hasta 15 días adicionales.
Relaja
Numeral 37Criterio de adjudicación y participación por lotes
La redacción anterior del numeral 37 no se reproduce en el acto.
Establece adjudicación basada en menor precio y permite participar y ser adjudicatario de los tres lotes si se cuenta con la experiencia y competencias requeridas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona