Monto recomendado expresado de forma ambigua
· hace 1 año
El informe propone un precio sin indicar una cifra numérica inequívoca. No puede determinarse a partir de esa expresión cómo se compone el monto ni conciliarlo con los RD$6,098,400 registrados para el proceso en el portal; corresponde verificar el monto recomendado y su desglose antes de contrastarlo con la adjudicación.
“Tenemos a bien proponer la utilización del mecanismo por excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social para la contratación de la empresa Bittarsa Dominicana por un monto de cinco millones cuaren”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →