El Acta núm. 070-2025, de 2025-06-26, aprueba los informes de evaluación y adjudica a Oscar A. Renta Negron, SA el lote único, ítems 1 y 2, por RD$4,533,900. El acta indica que la oferta fue presentada por ese monto y que el certificado de apropiación presupuestaria también cubría ese importe; el contrato previsto es por 12 meses.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (8 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El monto adjudicado de RD$4,533,900 supera en RD$249,900 (aproximadamente 5.8 %) el estimado de RD$4,284,000 registrado en el portal. El certificado de apropiación citado en el acta sí cubre el monto adjudicado, por lo que corresponde verificar la diferencia entre estimación y oferta, no una insuficiencia presupuestaria.
“TERCERO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa OSCAR A. RENTA NEGRON, SA, el Lote Único, Ítems 1 y 2 por un monto ascendente a CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$4,533,900.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El portal registra una oferta, la de la empresa adjudicataria. El acta cita la obligación de garantizar la participación de todos los proveedores acreditados con exclusividad; conviene verificar cuántos estaban acreditados y cómo se aseguró su participación. La existencia de una sola oferta, por sí sola, no demuestra una irregularidad.
“La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes acreditados con la exclusividad y la presentación de sus propuestas para realizar una selección objetiva.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
El acta consigna que los sobres A y B se abrieron el 10 de junio, aunque también registra que la subsanación de la evaluación técnica se notificó el 13 de junio y podía completarse hasta el 16. La secuencia reduce la separación entre evaluación técnica y conocimiento de las ofertas económicas, control que el reglamento prevé antes de abrir el Sobre B.
“Que en fecha diez (10) del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025), desde las 11:01 a.m., se procedió a la Apertura y Lectura de los “sobres A” y “sobres B”, del proceso de excepción Ref.: SNS-CCC-PEEX-2025-0006”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
El portal registra otro proceso de comparación de precios para reactivos e insumos del Programa 43, convocado el 2025-05-28 y estimado en RD$5,640,000; este proceso se convocó el 2025-06-04 y su estimado fue RD$4,284,000. Sumados, alcanzan RD$9,924,000, por encima del umbral de licitación pública para bienes de 2025 (RD$6,272,014.16). El objeto podría abarcar necesidades distintas y el Reglamento excluye los procedimientos de excepción de la presunción de fraccionamiento; se recomienda comprobar si los alcances se solapan y si la exclusividad estaba justificada para estos bienes.
“POR CUANTO: Que en fecha cuatro (04) de junio del año dos mil veinticinco (2025), el SERVICIO NACIONAL DE SALUD (SNS), realizó un llamado público y abierto a través del portal del Órgano Rector www.comprasdominicanas.gov.do, del portal inst”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 10
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona