El Acta núm. 0105-2025, de fecha 2025-06-27, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica los tres lotes de la subasta inversa MIP-CCC-SI-2025-0007 por un total de RD$10,994,956.80. Adjudica medias a Comercializadora Netofa por RD$885,000.00, cinturones a Aris Uniformes e Insignias Militares por RD$4,799,956.80 y botas a Perpignan Investment por RD$5,310,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta establece que Netofa no recibió el código para acceder a la puja y que Aris fue la única oferente que entró, sin presentar lances; aun así, adjudica los lotes 1 y 3 a Netofa y Perpignan, respectivamente. El art. 145 permite adjudicar directamente cuando solo hay un oferente conectado, mientras que el art. 78 dispone que en subasta inversa la oferta más conveniente es la de menor precio tras la puja; conviene verificar cómo se determinó la adjudicación de los lotes sin participación en ella. Además, el portal registra tres contratos de Aris cancelados el 17 de junio por un total de RD$11,399,915.00 y contratos posteriores adjudicados a tres empresas, por lo que procede conciliar la secuencia y el registro de resultados.
“la oferente COMERCIALIZADORA NETOFA, SRL, solicitó a esa unidad vía correo electrónico, que le sea remitido el código para acceder a la puja, sin embargo, se le contestó que no era posible suministrarle el mismo… la oferente ARIS UNIFORMES ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 145 · Reglamento 416-23, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
El acta adjudica a Perpignan RD$5,310,000.00 por botas. Según los datos registrales consultados en 2026, su actividad DGII es venta mayorista de cosméticos y su RPE vigente registra rubros de obras y servicios, no bienes; esos datos posteriores no prueban cuál era su situación en 2025, pero justifican verificar el giro, las credenciales y la capacidad que se evaluaron al adjudicar.
“PERPIGNAN INVESTMENT, SRL (LOTE 3-BOTAS PAR) por un monto de cinco millones trescientos diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,310,000.00), con impuestos incluidos.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Oferentes que registra (5)
3 adjudicado · 1 habilitado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Comercializadora Netofa, SRLAdjudicada para el lote 1 (medias). El acta consigna que no se le facilitó el código de acceso a la puja porque su habilitación fue parcial.
Adjudicado
Lote 1 — medias
RD$885,000
Aris Uniformes e Insignias Militares, SRLAdjudicada para el lote 2 (correa-cinturón). El acta consigna que fue la única oferente que entró a la puja y que no presentó lances.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona