El pliego del proceso MINERD-CCC-PEEX-2025-0007 establece una contratación por excepción de exclusividad para hospedaje, alimentación y refrigerio del CMUDE 2025, con presupuesto referencial de RD$14,743,769.60 y requerimientos para 457 huéspedes. Fija la recepción de ofertas para el 30 de junio de 2025 y la adjudicación para el 9 de julio; el documento identifica como posibles hoteles a Hoteles Nacionales, Crowne Plaza y Renaissance Santo Domingo Jaragua.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma del pliego da hasta el 30 de junio para presentar ofertas y consigna publicación el 26 de junio; el portal registra la convocatoria el 27 de junio. Eso deja aproximadamente un día hábil para preparar propuestas para un servicio valorado en RD$14,743,769.60 que requiere alojamiento para 457 huéspedes; en procedimientos de excepción los plazos deben ser razonables y proporcionales, aunque el documento no permite por sí solo concluir que se impidió participar.
“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional … 26 de junio de 2025. 4. Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) hasta el 30 de junio de 2025 a las 9:30”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El pliego califica como no sustentables las ofertas por debajo o por encima del 15% del presupuesto base, pero desarrolla el trámite de posible descalificación para el precio inferior. Conviene comprobar cómo se aplicaría el límite superior y que cualquier exclusión se funde en criterios objetivos y en el análisis previsto para ofertas no sustentables; el reglamento define esta evaluación en relación con precios anormalmente bajos.
“Se considerará oferta no sustentable aquella que esté por debajo o por encima del 15% del presupuesto base, conforme la normativa vigente, a fin de garantizar transparencia y evitar adjudicaciones temerarias que comprometen la ejecución con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El pliego fija la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 9 de julio, pero programa la suscripción del contrato para el 11 de julio. La diferencia deja sin cobertura los dos días previos a la firma, pese a que el reglamento dispone que la garantía cubra hasta la suscripción del contrato.
“6) Con una vigencia mínima de trece días (13) días calendario; es decir hasta el nueve (09 … de julio de 2025 18. Suscripción del (los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios 11 de julio de 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El pliego requiere dos contratos, facturas u órdenes de compra y que tengan al menos dos años de antigüedad. Ese corte temporal puede excluir experiencia más reciente de proveedores con capacidad actual; conviene verificar su proporcionalidad y su relación con la complejidad y el valor de este servicio.
“oferente debe suministrar al menos uno de los siguientes requisitos: a) dos (2) copias de contratos; o b) dos (2) facturas con comprobante fiscal; o c) dos (2) órdenes de compras”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego excluye la presentación electrónica y exige entrega física. Aunque el reglamento admite ofertas en papel, esta restricción elimina la opción electrónica y hace relevante verificar que la recepción, custodia y publicación de las actuaciones físicas mantuvieran trazabilidad y acceso efectivo al expediente, especialmente con el plazo breve del proceso.
“De conformidad con lo establecido en el Manual de Procedimientos de Excepción, los(as) oferentes de forma excepcional deberán presentar sus propuestas SOLO DE FORMA FISICA formato papel ante el Ministerio de Educación, Unidad Operativa de”
Reglamento 416-23, artículo 30 — Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 30. Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) es la herramienta tecnológica oficial y de uso obligatorio para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de compra y contratación pública de bienes, servicios y obras, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos u órdenes de compra o de servicios. El SECP es administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, quien en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas emitirá las políticas, manuales, instructivos, guías y orientaciones para su correcta implementación y…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Oferentes que registra (2)
1 no habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Kharites Inspired Catering, Events And Lodging, SRLSegún los resultados de las actas anteriores del proceso, no cumplió la evaluación técnica; se la describió como agencia intermediaria y se consideró que implicaría subcontratación.
No habilitado
Lote único
RD$1
Hoteles Nacionales, SASegún las actas anteriores del proceso, cumplió las evaluaciones legal, financiera y técnica y obtuvo el lote único.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.