miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

1.Pliego_de_condiciones_(ASDE-CCC-CP-2025-XXXX)-Veterinaria_Furulais__12-06-25[1].pdf

CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA O PERSONA FISICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL ALBERGUE DE ANIMALES CASA DEL FIRULAIS, ETAPA I · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 26 jun de 2025Fechado el 23 jun de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2025-0008

Lo que dice

El pliego del proceso ASDE-CCC-CP-2025-0008, fechado el 24 de junio de 2025, establece la comparación de precios para construir la etapa I del albergue Casa del Firulais, con presupuesto base de RD$14,997,619.93 y un lote único. Fija un plazo de ejecución máximo de 150 días calendario y define requisitos de participación, evaluación técnica y económica, garantías y condiciones de pago.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Domicilio obligatorio en Santo Domingo Este

Documento del 26 jun 2025 · hace 1 año

El pliego exige a personas jurídicas evidencia de residencia en Santo Domingo Este y, para personas físicas, tener domicilio en ese municipio. La condición territorial puede excluir a empresas técnicamente capaces por su lugar de domicilio, sin que el texto aporte una relación necesaria con la ejecución de la obra.

“Evidencia de que reside en el municipio de Santo Domingo Este (facturas de pago de servicios o cualquier otro documento que pueda indicar su dirección).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La fórmula de puntaje no coincide con las escalas anunciadas

Documento del 26 jun 2025 · hace 1 año

El pliego anuncia hasta 70 puntos técnicos y 30 económicos, pero aplica ponderaciones de 30 % y 70 % a esos puntajes: con las escalas máximas indicadas, el total posible sería 42, no 100. La discrepancia puede alterar la comparación y el orden de las ofertas si se aplica literalmente.

“Las evaluaciones Técnicas y Económicas se calificarán con un máximo de cien (100) puntos. El puntaje total de la Oferta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: … PTOi = (0.30 x Pt”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia con umbrales contradictorios

Documento del 26 jun 2025 · hace 1 año

Para personas jurídicas, una sección exige diez años mínimos como contratista; otra fija seis años de experiencia y seis obras similares, mientras que la tabla de puntaje mide contratos similares de los últimos seis años. La falta de un umbral único puede generar incertidumbre sobre la habilitación y la puntuación aplicables.

“Tiempo mínimo requerido como contratista: diez (10) años mínimo Persona Jurídica. … Persona Jurídica Mínimo 6 años”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Capacidad financiera y disponibilidad previa de fondos exigidas

Documento del 26 jun 2025 · hace 1 año

Para una obra estimada en RD$14,997,619.93, el pliego requiere una línea de crédito del 25 % del valor de la obra para empresas que no sean MIPYMES y una carta de compromiso de iniciar inmediatamente sin esperar el anticipo. Son condiciones que pueden limitar la participación de oferentes sin esa liquidez previa; el documento no expone una justificación específica para esos umbrales.

“Certificación bancaria de aprobación de línea de crédito aprobada y disponibilidad por el 25% del valor del lote, no mayor a 60 días. … Carta de compromiso firmada por el proveedor donde se compromete a iniciar los trabajos de manera inmedi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Retenciones acumulables sobre pagos de obra

Documento del 26 jun 2025 · hace 1 año

El pliego contempla una retención de 5 % de cada pago y otra de 6 % del costo de la obra para pagar personal técnico de inspección y supervisión, además de otras retenciones que también menciona. Conviene verificar cómo se calculan y acumulan estos descuentos en las cubicaciones y si están incorporados en la estructura económica ofertada.

“El Ayuntamiento de Santo Domingo Este podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista… El Ayuntamiento de Santo Domingo Este”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 28 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (27)

  • ACTA NO°0001_002.pdfInforme pericial · 25 jun de 2025
  • ACTA NO°0002_002.pdfPliego · 25 jun de 2025
  • CERTIFICACION DE FONDOS_136.pdfCertificación de fondos · 25 jun de 2025
  • Planos Veterinarias Firulais (1).pdfDocumento · 25 jun de 2025
  • REQUERIMIENTO_158.pdfSolicitud de compra · 25 jun de 2025
  • Veterinaria Firulais.xlsxDocumento · 25 jun de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • Formulario de presentacion oferta F.033.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC D045 Curriculo Personal Propuesto (1).docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC D045 Curriculo Personal Propuesto.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 25 jun de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCC_C026_Contrato_Ejecucion_de_Obras.docx
Contrato · 25 jun de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (2).docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC_F035_Soporte_Tecnico.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente (1).docxDocumento · 25 jun de 2025
  • SNCC_F037_Personal_Oferente.docxDocumento · 25 jun de 2025
  • Enmienda 001.pdfEnmienda · 2 jul de 2025 · 1 señal
  • CARTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 8 ago de 2025 · 2 señales
  • CERTIFICACION DE FONDOS AGENDA NAVARRO.pdfCertificación de fondos · —
  • CERTIFICACION DE FONDOS AGENDA NAVARRO.pdfCertificación de fondos · —
  • CERTIFICACION DE FONDOS AGENDA NAVARRO.pdfCertificación de fondos · —
  • CERTIFICACION DE FONDOS AGENDA NAVARRO.pdfCertificación de fondos · —
  • CONTRATO FIRULAI.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —