La Enmienda núm. I, fechada el 25 de junio de 2025, modifica el cronograma del proceso SIPEN-CCC-CP-2025-0002 y ajusta requisitos del pliego para la terminación y readecuación del Edificio SIPEN#2. Elimina la constancia de visita técnica, fija la vigencia de ofertas y garantías hasta el 6 de agosto de 2025 y declara subsanables dos documentos: el compromiso sobre facturación electrónica y la certificación de seguridad y salud en el trabajo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la constancia que permitía verificar la asistencia del oferente y su conocimiento del lugar de la obra.; Se flexibiliza el momento de presentación del compromiso documental vinculado al cumplimiento de la facturación electrónica y su trazabilidad.; Se permite subsanar el documento que acredita el cumplimiento de requisitos de seguridad y salud laboral..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda está fechada el 25 de junio, pero mantiene las consultas hasta el 24 de junio y añade una segunda visita para el 27 de junio. El cronograma no indica un período posterior a esa visita para consultar sobre los aspectos modificados, lo que merece revisión conforme a la regla de permitir preguntas y respuestas sobre modificaciones.
“Hasta 24 de junio de 2025 3:00 p.m. SEGUNDA VISITA TÉCNICA: La Superintendencia de Pensiones ha establecido como fecha para realizar la segunda visita al lugar de proyecto, el viernes veintisiete (27) de junio de 2025 a las 10:00 a.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sanesto MG Ingenieria SRLEl acta de adjudicación previa indica que fue calificada y adjudicada por cumplir el criterio de menor precio por la totalidad del lote.
Numeral 8: Cronograma de actividades – visita técnicaVisita técnica y constancia de asistencia
El pliego incluía la constancia de visita técnica como documento de la oferta técnica.
Se elimina la constancia de visita técnica; se programan visitas para el 23 y el 27 de junio de 2025 y se indica que realizarlas es recomendable.
RelajaQuita un control: Se elimina la constancia que permitía verificar la asistencia del oferente y su conocimiento del lugar de la obra.
Numeral 8: Cronograma de actividadesFechas del procedimiento
El cronograma anterior del pliego; sus fechas previas no se reproducen en esta enmienda.
Se fijan, entre otras, las consultas hasta el 24 de junio, las respuestas hasta el 26 de junio, la recepción de ofertas hasta el 30 de junio y la adjudicación para el 29 de julio de 2025.
Aclara
Numeral 11.2, secciones C y DVigencia de oferta y garantía de seriedad
Las condiciones previas de vigencia no se reproducen en esta enmienda.
La oferta y la garantía de seriedad deben estar vigentes hasta el 6 de agosto de 2025; la garantía se fija en 1% del monto ofertado y, para MIPYMES, se exige fianza de seguro.
Aclara
Numeral 11.1.1, documentación financiera, sección 7Compromiso sobre facturación electrónica
La comunicación de compromiso no estaba declarada subsanable en el texto previo citado por la enmienda.
Se exige una comunicación firmada y sellada de compromiso con los plazos de la DGII sobre facturación electrónica, y se declara subsanable.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza el momento de presentación del compromiso documental vinculado al cumplimiento de la facturación electrónica y su trazabilidad.
Numeral 11.1.2, documentación técnica, sección 16Certificación de seguridad y salud en el trabajo
La certificación del Reglamento 522-06 no estaba declarada subsanable en el texto previo citado por la enmienda.
Se exige la certificación del Ministerio de Trabajo sobre seguridad y salud en el trabajo y se declara subsanable.
RelajaQuita un control: Se permite subsanar el documento que acredita el cumplimiento de requisitos de seguridad y salud laboral.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona