El Acto Administrativo núm. 084-2025, de fecha 2025-06-17, aprueba la evaluación económica y adjudica a Inineca, S.R.L. la impresión de marbetes holográficos por RD$46,887,660.00; Elgi-tex, S.R.L. quedó en segundo lugar con una oferta de RD$50,580,000.00. El acto indica que ambas ofertas superaban el presupuesto y que se solicitaron justificaciones de precio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso registra una apropiación/presupuesto de RD$39,771,686.25 y el acta adjudica RD$46,887,660.00, una diferencia de RD$7,115,973.75 (aproximadamente 17.89%). El acta cifra el exceso de Inineca en 15.18% y dice que vulneraba lo establecido en la certificación presupuestaria; no consigna una certificación posterior que cubra el monto adjudicado, por lo que conviene verificar si existía apropiación suficiente antes de adjudicar.
“Que al observar que en la oferta económica presentada por la sociedad comercial Inineca, S.R.L.; se encuentra por encima del presupuesto en un 15.18%, el Departamento de Compras, mediante el correo electrónico de fecha diez (10) del mes de ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Según la consulta DGII aportada, de 2026-09-27, la actividad registrada de Inineca es la ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas y electrónicas, no la impresión de marbetes holográficos. El dato es posterior al proceso y no establece cuál era su actividad o capacidad al ofertar; conviene contrastarlo con la documentación de capacidad técnica y objeto social evaluada en la licitación.
“ININECA, S.R.L. | Impresión de Marbetes Holográficos | RD$ 46,887,660.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona