Atribución del fundamento de exclusividad al artículo 8
· hace 1 año
El informe afirma que el artículo 8 del Reglamento faculta el uso de la excepción por exclusividad, aunque ese artículo regula funciones del Comité de Compras; el procedimiento de exclusividad está desarrollado en el artículo 54. Como el informe también cita este último artículo, corresponde verificar la consistencia de la fundamentación normativa utilizada.
“Esta actuación se enmarca en el principio de razonabilidad de la contratación pública, y se encuentra respaldada por el artículo 6 de la Ley núm. 340-06 y el artículo 8 del Reglamento núm. 416-23, que facultan el uso de la modalidad de exce”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
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