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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES ONE-CCC-CP-2025-0004.pdf

“ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE EN TARJETAS ELECTRÓNICAS Y TICKETS A SER UTILIZADOS EN LAS OPERACIONES DE LA INSTITUCIÓN “ · Oficina Nacional de Estadísticas

Publicado el 24 jun de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ONE-CCC-CP-2025-0004

Lo que dice

El pliego del proceso ONE-CCC-CP-2025-0004, convocado el 23 de junio de 2025, establece la compra de combustible mediante tickets por RD$648,000 y 110 tarjetas recargables por RD$4,652,000, para un valor referencial de RD$5,300,000. Prevé una vigencia de seis meses o hasta agotar existencias, pero también consigna en otra sección una vigencia de hasta 12 meses. Según el portal, el proceso figura cancelado.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego consigna dos duraciones distintas para la contratación

Documento del 24 jun 2025 · hace 1 año

La descripción fija seis meses o hasta agotar existencias, mientras que las condiciones contractuales indican hasta 12 meses o hasta agotar el monto adjudicado. La diferencia puede incidir en la duración de las obligaciones y en la preparación de las ofertas; conviene precisar cuál plazo rige.

“La contratación tendrá vigencia de seis meses y/o hasta agotar existencia, iniciando luego de la firma del contrato. La vigencia del Contrato será hasta el 12 mes o hasta agotar el monto adjudicado, a partir de la fecha de la suscripción de” (págs. 5-30)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

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A revisarHallazgo en documentos

Inconsistencias en la escala de puntuación y el criterio de adjudicación

Documento del 24 jun 2025 · hace 1 año

El pliego asigna 20 puntos máximos a la oferta económica, pero la fórmula de cálculo identifica 30 como máximo. Además, alterna adjudicación por puntaje final con referencias a menor precio y mayor descuento; estas diferencias pueden cambiar la comparación y el resultado.

“Le será asignado el puntaje máximo de (20 puntos) a la oferta económica con mayor descuento… Pm= Puntaje máximo del criterio (30 puntos)” (pág. 23)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

La puntuación técnica depende principalmente de la cantidad y ubicación de estaciones

Documento del 24 jun 2025 · hace 1 año

El cuadro asigna 80 puntos a criterios de cantidad de estaciones, incluidos presencia en un radio de dos kilómetros de la ONE y cobertura nacional. La cobertura puede ser pertinente para el suministro, pero el peso de una red ya disponible puede afectar sustancialmente la competencia y merece verificarse frente a la necesidad y los estudios previos.

“Cantidad de estaciones en un perímetro menor o igual 2 Kilómetros a la redonda, desde la ubicación de ONE, donde puedan canjear los tickets y utilizar tarjetas recargables. 10” (pág. 21)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (16)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

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