Diferencia entre la evaluación preliminar y la definitiva
· hace 1 año
Este informe concluye que Tokmakjian e IMCA no requieren documentos a subsanar; el informe definitivo y el acta posteriores del proceso consignan que ambos no presentaron el índice de endeudamiento exigido y los declaran no habilitados. La diferencia sobre un requisito financiero relevante amerita verificar cómo se documentó la evaluación entre ambas etapas.
“TOKMAKJIAN INTERNATIONAL, INC. | NO REQUIERE DOCUMENTOS A SUBSANAR IMPLEMENTOS Y MAQUINARIAS (IMCA), S.A. | NO REQUIERE DOCUMENTOS A SUBSANAR”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
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