miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

pliego-estandar-excepciones-competitivas INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001.pdf

“Contratación de Servicio de Computación en la Nube Microsoft Azure” · Instituto Nacional de formación Técnico Profesional

Publicado el 23 jun de 202540 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001

Lo que dice

El pliego del proceso INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001 establece la contratación del servicio de computación en la nube Microsoft Azure, con convocatoria el 23/06/2025 y presupuesto base de RD$12,000,000. Fija evaluación técnica bajo cumple/no cumple y adjudicación por menor precio entre las ofertas conformes; incluye requisitos específicos de certificación Microsoft y un plazo de servicio de 12 meses.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Certificaciones Microsoft específicas y no subsanables

Documento del 23 jun 2025 · hace 1 año

El pliego exige como documentación técnica no subsanable varias certificaciones y especializaciones específicas de Microsoft, además de certificaciones vigentes del personal. Por su carácter obligatorio y detallado, conviene revisar si cada exigencia es proporcional al servicio y si existen alternativas equivalentes que permitan una competencia más amplia.

““c) Documentación técnica: [No subsanable]” … “Certificación de Microsoft: Gold DevOps Gold Cloud Platform Gold Cloud Productivity” … “Especialización avanzada de migración de Infraestructura y Base de datos””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones del servicio difieren dentro del pliego

Documento del 23 jun 2025 · hace 1 año

La tabla técnica de la página 6 y los entregables de las páginas 28-29 presentan inventarios distintos de recursos Azure: cambian los tipos y cantidades de máquinas virtuales, y también las cantidades de bases de datos, balanceadores y redes. La diferencia puede alterar el alcance y el costo cotizado, y dificulta verificar la prestación contra una especificación única.

““7 Standard D8s v5 (8 vcpus, 32 GiB memory) East US 2” … “- 3 Standard B2ms (2 vcpus, 8 GiB memory)” … “- 6 Load Balancer Basic” … “- 2 Virtual Networks””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

Contradicción sobre la división en etapas

Documento del 23 jun 2025 · hace 1 año

El pliego afirma que el procedimiento se realizará en dos etapas, pero inmediatamente denomina “Etapa única” a la presentación y evaluación técnica y económica. Otras secciones detallan aperturas separadas, por lo que puede tratarse de una inconsistencia de redacción, aunque conviene verificar qué cronograma y secuencia se aplicaron.

““este procedimiento para la “Contratación de Servicio de Computación en la Nube Microsoft Azure” con el número de Referencia INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001 la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en dos etapas:” … “”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (10)

  • CERTIFICACION DE FONDOS- INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001.pdfCertificación de fondos · 23 jun de 2025
  • Informe pericial.pdfInforme justificativo · 23 jun de 2025
  • OFERTA ECONOMICA INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001.xlsxDocumento · 23 jun de 2025
  • R-005-2025-Acto Administrativo de Aprobación de las Bases del Procedimiento de Selección y Designación de Peritos.pdfInforme pericial · 23 jun de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001.pdfSolicitud de compra · 23 jun de 2025
  • Acta de Adjudicación 0013-2025 (1).pdfActa de adjudicación · 12 ago de 2025 · 1 señal
  • Acta de Adjudicación 0013-2025 (1).pdfActa de adjudicación · —
  • CERTIFICACION DE FONDOS- INFOTEP-CCC-PEEX-2025-0001.pdfCertificación de fondos · —
  • Contrato (16).pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →