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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

Contratacion de Servicios para los Montajes de Eventos, en las entregas de Titulos Definitivos a Nivel Nacional y otras Actividades de la Institución · Instituto Agrario Dominicano

Publicado el 17 jun de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IAD-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

El pliego establece una licitación pública nacional para contratar montajes de eventos a nivel nacional durante 12 meses, del 9 de septiembre de 2025 al 9 de septiembre de 2026, con presupuesto base de RD$45,000,000. Prevé una evaluación de hasta 70 puntos técnicos y 30 económicos, y adjudicación por mayor puntaje.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

La suma de puntos técnicos excede el máximo anunciado

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

El pliego declara un máximo técnico de 70 puntos, pero los puntajes máximos desglosados suman 75. La diferencia puede afectar la ponderación técnica y la comparación que determina el orden de adjudicación.

“La puntuación máxima asignada a la oferta técnica es de setenta (70) puntos, mientras que la puntuación mínima será de cincuenta (50) puntos; (solo serán aperturadas las ofertas económicas de los oferentes que igualen o superan la puntuació”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego declara no subsanables documentos de experiencia

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

La sección técnica declara la documentación como no subsanable y comprende documentos de experiencia del oferente y del personal. El Reglamento establece que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito existía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad, por lo que la regla del pliego puede excluir ofertas por faltas documentales corregibles.

“Documentación Técnica: [No subsanablej Ficha técnica (firmada y sellada) del servicio ofertado donde especifique todas las características requeridas listadas en las especificaciones técnicas. Experiencia como proveedor en este tipo de serv”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

A revisarHallazgo en documentos

Las reglas de los índices financieros contienen desigualdades contradictorias

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

La descripción del límite de endeudamiento y las condiciones para cumplir o no cumplir invierten los signos de comparación, lo que deja incierto cómo se aplicará el requisito financiero. Esa ambigüedad puede producir resultados distintos al habilitar oferentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

La experiencia exigida se limita a certificaciones de instituciones públicas

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

Se requieren tres certificaciones de instituciones públicas por servicios similares en los últimos tres años, con datos detallados y emisión reciente en 2025. La limitación a referencias públicas y la cantidad exigida pueden restringir la participación de proveedores con experiencia comparable en el sector privado; conviene verificar su necesidad y proporcionalidad para el objeto.

“Tres (3) Certificaciones de experiencia de instituciones públicas que hayan recibido servicios similares satisfactoriamente en los últimos tres (3) años indicando: a) número del proceso de compras, b) calidad y puntualidad del servicio”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (26)

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  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (17).docxDocumento · 17 jun de 2025
  • SNCC_F037_Personal_Oferente (3).docxDocumento · 17 jun de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (7).docxDocumento · 17 jun de 2025
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  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 17 jun de 2025
  • ACTA DE INICIO DEL PROCESO.pdfPliego · 17 jun de 2025
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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Informe pericial · 17 jun de 2025 · 1 señal
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  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 17 jun de 2025
  • PUBLICIDAD.pdfDocumento · 17 jun de 2025
  • REGISTRO DE ADENDAS ENMIENDAS COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES.pdfEnmienda · 25 jul de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION EVENTOS.pdfActa de adjudicación · 29 ago de 2025 · 3 señales
  • ACTA ERROR HUMANO MONTAJE EVENTOS.pdfActa · 23 sept de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION EVENTOS.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA ERROR HUMANO MONTAJE EVENTOS.pdfActa · —
  • ACTA NOTARIAL SOBRE B.pdfActa · —
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  • CONTRATO MONTAJE DE EVENTOS.pdfContrato · —
  • INFORME EVALUACION SOBRE B.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —