El Acta de Adjudicación, fechada el 17 de junio de 2025, adjudica el 100 % del proceso de afirmado de calles a Constructora Ferma, SRL por RD$20,121,948.00, frente a un presupuesto estimado de RD$21,999,996.48. El comité consigna que Ferma fue el único oferente habilitado para la apertura del Sobre B. El acta enumera seis oferentes, mientras que los datos del portal proporcionados registran cinco.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Ferma y señala que fue el único proveedor que pasó a la apertura del Sobre B, aunque registra seis participantes. La baja competencia efectiva merece revisión; el documento no permite determinar aquí las causas por las que los demás no avanzaron.
“siendo el único proveedor que paso a la apertura del sobre B”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta fecha la adjudicación el 17 de junio de 2025, mientras que los datos del portal indican un contrato con Ferma fechado el 11 de junio de 2025 por RD$20,121,948. La secuencia merece verificarse en el expediente y con las fechas de suscripción y publicación del contrato.
“de fecha diecisiete (17) del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta de adjudicación consigna que presentaron ofertas seis proveedores, incluida Vialcon S.R.L., mientras la lista de ofertas del portal registra cinco y no incluye a esa empresa. La discrepancia merece verificarse en el expediente, aunque no afectó el resultado: solo Constructora Ferma S.R.L. pasó a la apertura del Sobre B y se le adjudicó RD$20,121,948.00, monto coincidente con el contrato registrado en el portal.
“presento el siguiente proveedor: • CONSTRUCTORA VIANELKIS & ASOCIADOS, SRL • INMOBILIARIA CONSTRUCTORA FEES, SRL • CONSTRUCTORA FERMA S.R.L • INGENIERIA Y CONSTRUCTORA DE LA ROSA REYES SRL • LAJARA ABREU AGREGADOS & MAQUINARIAS • VIALCON S.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (6)
5 no habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CONSTRUCTORA FERMA S.R.L.Adjudicada por el 100 % de la oferta; el acta indica que cumplió y que fue el único proveedor que pasó a la apertura del Sobre B.
Adjudicado
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RD$20,121,948
CONSTRUCTORA VIANELKIS & ASOCIADOS, SRLNo consta motivo individual; el acta indica que Constructora Ferma fue el único proveedor que pasó a la apertura del Sobre B.
No habilitado
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INMOBILIARIA CONSTRUCTORA FEES, SRLNo consta motivo individual; el acta indica que Constructora Ferma fue el único proveedor que pasó a la apertura del Sobre B.
LAJARA ABREU AGREGADOS & MAQUINARIASNo consta motivo individual; el acta indica que Constructora Ferma fue el único proveedor que pasó a la apertura del Sobre B.
No habilitado
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VIALCON S.R.LNo consta motivo individual; el acta indica que Constructora Ferma fue el único proveedor que pasó a la apertura del Sobre B.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona