El pliego del proceso AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0007 establece la contratación de servicios de impresión para 250 equipos, con presupuesto estimado de RD$35,400,000, de los cuales RD$7,080,000 se prevé consumir en el ejercicio corriente. Fija una duración del servicio de doce meses y un cronograma con recepción de ofertas el 31 de julio de 2025 y adjudicación prevista para el 8 de septiembre de 2025. El documento contiene requisitos técnicos y de experiencia, y también algunas referencias contradictorias sobre la modalidad, la actividad UNSPSC y el plazo del anticipo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque la portada y el cronograma denominan el proceso licitación pública nacional, la sección de recepción de ofertas lo llama «Comparación de Precios». El presupuesto estimado para servicios es RD$35,400,000, por encima del umbral de licitación pública de 2025; la discrepancia puede ser un arrastre de plantilla, pero genera ambigüedad sobre la modalidad aplicable y debe contrastarse con la convocatoria y el acto de aprobación.
“De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 416-23 este procedimiento de Comparación de Precios, bajo la modalidad CUMPLE/NO CUMPLE, Y MENOR PRECIO con el número de Referencia: AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0007”
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 39 — De la licitación pública
Artículo 39. De la licitación pública. En este procedimiento se realiza un llamado público y abierto para adquirir bienes, servicios y obras cuyo presupuesto estimado de contratación corresponde al umbral superior fijado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las licitaciones públicas pueden ser nacionales o internacionales, según las condiciones establecidas en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
El pliego menciona soluciones Canon y la plataforma MEAP, y exige certificación del fabricante de que el oferente es representante autorizado de la marca. Aunque no indica expresamente una marca obligatoria ni prohíbe equivalentes, la combinación puede limitar la participación a proveedores con acceso a esas soluciones; conviene verificar si existen alternativas técnicamente equivalentes.
“Están disponibles una variedad de software estándar y opcional y soluciones basadas en MEAP (incluyendo AirPrint, Mopria, Universal Print de Microsoft , Canon PRINT Business y uniFLOW Online) para ofrecer impresión desde dispositivos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El cronograma fija publicaciones para el 17 y 18 de junio de 2025 y recepción de ofertas el 31 de julio. Contando desde el día siguiente a la última publicación y excluyendo fines de semana, el período parece alcanzar 30 días hábiles solo si se computa el feriado de Corpus Christi del 19 de junio; se debe verificar el calendario oficial aplicable, pues el reglamento exige el mínimo de 30 días hábiles.
“Publicación llamada a participar en el proceso de licitación Martes 17/6/2025 y miércoles 18/6/2025 a las 12:00 m. Recepción de Propuestas: “Sobre A” y “Sobre B”. Jueves 31/7/2025 hasta las 12:00 m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 96 · Ley 340-06, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
La documentación legal indica que el RPE debe incluir la actividad 78180108, mientras que la matriz de evaluación exige 44100000. La discrepancia puede crear incertidumbre sobre qué actividad se verificará para determinar la elegibilidad de los oferentes.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial … referida en el numeral 2 sobre “objeto del”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige referencias de al menos cinco clientes con presencia nacional y, adicionalmente, al menos dos cartas de clientes sobre digitalización, automatización e integración. Por el alcance nacional del servicio, la exigencia puede tener justificación operativa, pero su efecto acumulativo sobre la competencia merece comprobarse frente a los estudios previos y a la oferta disponible en el mercado.
“El proveedor deberá incluir cartas de referencias de al menos 5 clientes con servicio contratado igual o similar al licitado en el presente proceso. Dichos clientes deben tener presencia nacional. Es decir, que dichos clientes tengan”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Para el anticipo del 20% a una MIPYME, el pliego señala un plazo máximo de 45 días calendario desde la firma y, en otra cláusula, un plazo máximo de 60 días desde la certificación del contrato. La diferencia de plazo y de punto de partida deja inciertas las condiciones financieras que deben considerar los oferentes.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYME, se hará en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días calendarios a partir de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Oferentes que registra (3)
1 adjudicado · 1 descalificado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Mawren Comercial, SRLSegún los datos del proceso aportados, resultó adjudicataria del Ítem 01.
Adjudicado
Ítem 01
RD$32,804,000
Toner Depot Multiservicios EORG, SRLSegún el acta anterior resumida, se mantuvo su descalificación técnica porque los equipos ofertados no alcanzaban las especificaciones requeridas.
Descalificado
—
—
ALL Office Solutions TS, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; no consta una decisión de habilitación o descalificación en los datos aportados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona