La Circular núm. 1, identificada como RA-01 y fechada el 16 de junio de 2025, responde consultas del proceso ITSC-CCC-SI-2025-0006. El documento elimina la exigencia de acreditar el máximo nivel de alianza con los fabricantes y flexibiliza el número de brigadas, manteniendo un equipo mínimo de 20 colaboradores y un límite de subcontratación del 20 % con autorización previa. También confirma el requisito de tres meses de cotizaciones en la TSS y que la documentación técnica puede presentarse en inglés, aunque la documentación final deberá entregarse en español.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el control de nivel de alianza que verificaba la relación y acreditación del oferente ante los fabricantes.; Se elimina el mínimo fijo de brigadas, que funcionaba como verificación de capacidad de movilización; permanece el mínimo de colaboradores..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La circular confirma que se exige acreditar tres meses de cotizaciones en la TSS. Ese plazo podría excluir a empresas con personal técnicamente apto incorporado más recientemente; conviene verificar su proporcionalidad con las necesidades de ejecución, sin que el documento permita concluir que el requisito sea improcedente.
“El requisito de 3 meses de cotizaciones en TSS se basa en el Art. 8.1 de la Ley 340-06, que exige demostrar las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos,”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Requerimientos del fabricante y el oferenteAcreditación del nivel de alianza con fabricantes
El oferente debía acreditar mediante certificación el máximo nivel de alianza con los fabricantes de VMS, Cableado y CCTV.
Se eliminó la exigencia de acreditar el máximo nivel de alianza con los fabricantes de las soluciones propuestas.
RelajaQuita un control: Se elimina el control de nivel de alianza que verificaba la relación y acreditación del oferente ante los fabricantes.
Requerimientos del fabricante y el oferenteCantidad de brigadas para ejecutar los trabajos
El pliego requería 10 brigadas.
Se permite al oferente determinar la cantidad de brigadas, manteniendo un equipo mínimo de 20 colaboradores y un límite de subcontratación del 20 % con autorización previa y expresa.
RelajaQuita un control: Se elimina el mínimo fijo de brigadas, que funcionaba como verificación de capacidad de movilización; permanece el mínimo de colaboradores.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona