La Enmienda No. II, fechada el 13 de junio de 2025, modifica el monto certificado de apropiación presupuestaria y disposiciones sobre la garantía de seriedad de la oferta. Fija su vigencia hasta el 26 de septiembre de 2025, pero consigna porcentajes y bases de cálculo distintos en dos apartados; la cifra modificada de la apropiación no es legible en el texto suministrado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda establece 4% de la oferta para empresas y 1% para MIPYMES en un apartado, pero en otro dispone 1% para el total de la oferta y señala que el monto para constituir la garantía será el certificado para el proceso. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el requisito económico aplicable; el Reglamento fija la garantía en 1% del monto ofertado.
““monto equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta si se trata de una empresa o uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar, si se trata de un oferente certificado como MIPYME.” … “Correspondiente a una Pól”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
Resolución Número dos (2), apartado IMonto certificado de apropiación presupuestaria
Monto certificado anterior no indicado en el texto.
Se ordena modificar el monto certificado en el SECP; la cifra no es legible en el texto suministrado.
Neutral
Resolución Número dos (2), apartados II y IIIGarantía de seriedad de la oferta
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
El apartado II indica 4% de la oferta para empresas y 1% para MIPYMES; el III indica 1% del total de la oferta y añade que el monto será el certificado para el proceso. Ambos fijan vigencia hasta el 26/09/2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona