El ítem 3 difiere del vehículo autorizado
· hace 1 año
La autorización cubre una miniván de once pasajeros, pero el ítem 3 del proceso publicado describe un minibús de carga o panel van. La diferencia entre un vehículo de pasajeros y uno de carga amerita verificar que el objeto convocado estuviera cubierto por la autorización y por los estudios previos.
“por medio de la presente, tenemos a bien autorizar la compra de diez (10) camionetas doble cabina, dos (2) vehículos utilitarios y una (1) miniván de once pasajeros.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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