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Informe pericial

PLIEGO DE CONDICIONES CP-2025-0002.pdf

Adquisición de PAQUETES QUIRURGICOS. · Hospital Dr. Salvador B. Gautier

Publicado el 12 jun de 202519 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HSBG-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego del proceso HSBG-CCC-CP-2025-0002, convocado el 16 de junio de 2025 para adquirir paquetes quirúrgicos, establece tres ítems por 450, 450 y 980 unidades y prevé adjudicarlos por ítem según cumplimiento técnico, disponibilidad de entrega inmediata y menor precio. El cronograma fija la recepción y apertura de las ofertas para el 25 de junio de 2025, pero describe el procedimiento como de «ETAPA UNICA» y prevé abrir juntos los sobres A y B. El monto estimado del portal, RD$5,550,000, se encuentra dentro del umbral de comparación de precios para bienes de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Disponibilidad en almacén y entrega en 12 horas

Documento del 12 jun 2025 · hace 1 año

Se exige que cada oferente tenga en su almacén los ítems a los que oferta y que se comprometa a entregarlos en 12 horas; otra cláusula mide esas 12 horas desde la solicitud de entrega, no desde la adjudicación. Para 1,880 unidades totales, estas condiciones pueden limitar la participación a proveedores con inventario ya disponible y dejan incierto el inicio del plazo de entrega.

“El oferente deberá de tener en su almacén cada uno de los ítems al cual participa para comprobar las descripciones de las fichas técnicas depositadas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Apertura conjunta de ofertas técnicas y económicas

Documento del 12 jun 2025 · hace 1 año

El pliego califica el procedimiento como de etapa única y programa la recepción y apertura de los sobres A y B en la misma fecha y franja horaria. El Reglamento 416-23 prevé etapas separadas y que la oferta económica se abra después de concluir la evaluación técnica y notificar sus resultados, lo que protege la confidencialidad y la igualdad entre oferentes.

“El Procedimiento de Selección aprobado por el Comité de Compras y Contrataciones del HOSPITAL SALVADOR B. GAUTIER, para llevar a cabo el presente PROCESO DE COMPARACIÓN DE PRECIOS y se realizará mediante ETAPA UNICA;”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 110 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

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Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas

Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.

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Criterio financiero sin umbral objetivo y con alcance discordante

Documento del 12 jun 2025 · hace 1 año

El pliego pide estados financieros auditados de los últimos dos períodos fiscales, pero indica que la evaluación financiera se hará sobre los estados del último año y describe la estabilidad exigida como «suficiente» sin precisar parámetros. La combinación puede dejar incierto qué documentación y qué nivel financiero determinan la habilitación.

“Estados Financieros completos y auditados de los últimos dos períodos fiscales, certificados por una firma o un CPA esto cuando la empresa tenga más de un año constituida;”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Desierto por precio temerario sin parámetros expresos en el pliego

Documento del 12 jun 2025 · hace 1 año

El pliego se reserva declarar desiertos los ítems que muestren precio temerario, pero el fragmento no fija el criterio ni el porcentaje frente al presupuesto base para determinarlo. El Reglamento 416-23 exige que esos parámetros estén en el pliego y que se solicite explicación al oferente antes de decidir la descalificación; conviene verificar cómo se aplicaría esta cláusula.

“El comité de compras y contrataciones se reserva el derecho de declarar desierto aquellos ítems que muestren precio temerario.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto

Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…

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Requisitos de garantía de fiel cumplimiento contradictorios

Documento del 12 jun 2025 · hace 1 año

El pliego permite garantías bancarias o pólizas de fianza, pero después dispone que la garantía «debe ser emitida por una entidad bancaria»; además, establece vigencias de quince meses y de un mínimo de seis meses. Estas diferencias pueden generar incertidumbre sobre la modalidad aceptada y el costo que deben considerar los oferentes.

“La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en la República Dominicana, por un periodo de quince (15) meses.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

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Antecedentes penales del representante como requisito de participación

Documento del 12 jun 2025 · hace 1 año

Se exige una certificación de no antecedentes penales del representante legal de la empresa como documentación legal para participar. Es un requisito referido a una persona y no se explica su vínculo con la capacidad del oferente o la ejecución del suministro; conviene verificar su proporcionalidad y efecto sobre la competencia.

“Certificación de No Antecedentes Penales (original y actualizada) del representante legal de la empresa.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (33)

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  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 12 jun de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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