El promedio de ofertas figura como motivo de la aclaración
· hace 1 año
La circular usa la diferencia respecto del promedio general como motivo para solicitar aclaraciones sobre la viabilidad económica. El artículo 130 prohíbe usar el promedio simple para aplicar el rango y determinar si una oferta es insustentable; como aquí solo se solicita una aclaración, conviene verificar si el promedio se utilizó únicamente como indicio y no como criterio de decisión.
“Se requiere aclarar los montos de la cotización tipo. en virtud de que presenta una propuesta económica un 497o inferior al promedio general de las demás ofertas recibidas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
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