Enmienda fechada después del 75 % del plazo original
· hace 1 año
La convocatoria fue el 29 de mayo y el cronograma vigente fijaba la recepción para el 12 de junio; la enmienda está fechada el 11 de junio, después del 75 % del período de presentación. Aunque aplaza la recepción al 17 de junio, conviene verificar la oportunidad de emisión y publicación conforme al artículo 107 del Reglamento 416-23.
“A LOS ONCE (11) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO,2025 ... Recepción de Propuestas: “Sobre A” y “Sobre B” y apertura de “Sobre A” Propuestas Técnicas. | Jueves 12 de junio del año, 2025 10:00 a.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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