El Acta núm. 07-2025, de 9 de junio de 2025, valida el informe de evaluación y adjudica a Inversiones Siurana, SRL la contratación por seis meses de la plataforma y los servicios de alimentación y cáterin. El monto adjudicado es RD$9,243,628.58; el acta registra que fue la única empresa que presentó oferta y que subsanó una declaración jurada sin firma.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que se enviaron invitaciones el 9 de mayo, mientras que la convocatoria pública se publicó el 16 de mayo; también registra que solo Inversiones Siurana presentó propuesta. La secuencia y la baja participación ameritan verificar la difusión y el tiempo efectivo de oportunidad para todos los interesados; el expediente podría contener información adicional sobre las invitaciones.
“Que en fecha nueve (9) de mayo del año 2025, la unidad de Compras y Contrataciones envió invitaciones a los siguientes oferentes: INVERSIONES SIURANA SRL, COMERCIALIZADORA MELO & ASOCIADOS, SRL, WAR GROUP, SRL, AIDIN FELIZ DE FELIZ, y JOGA ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
El acta registra que se abrieron las ofertas técnica y económica en el mismo acto. El artículo 114 del Reglamento 416-23 dispone que la oferta económica se abra después de concluir la evaluación técnica y notificar sus resultados; conviene verificar el acta de apertura y la secuencia efectiva, pues la frase podría ser una formulación abreviada.
“Que el día veintinueve (29) del mes de mayo a las 5:00 p.m. en presencia del Dr. Samuel Moquete de La Cruz, notario público, se dio apertura a las ofertas técnica y económica del Proceso de Excepción por Exclusividad, para la "CONTRATACIÓN ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona