La Enmienda No. 01, de 2025-06-10, modifica el cronograma y varias reglas del proceso DIE-CCC-CP-2025-0004 para rehabilitar aulas, dirigido exclusivamente a MIPYMES. Entre otros cambios, traslada la recepción de ofertas al 16 de junio y la adjudicación al 18 de julio de 2025, reduce el presupuesto base a RD$182,435,811.15 y sustituye la lista de cantidades. También cambia el límite de contratos activos, la asignación excepcional de lotes, los plazos de ejecución, la vigencia de la oferta y ciertos formatos documentales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control de carga contractual que impedía nuevas adjudicaciones hasta concluir compromisos previos.; Se reduce el período de cobertura de la garantía de seriedad, que deja de extenderse 45 días después de la suscripción prevista.; Se debilita la disponibilidad obligatoria de archivos digitales editables para contrastar y procesar las ofertas; se conserva la exigencia física de parte de la documentación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El pliego exige no haber incurrido en incumplimientos anteriores con el Estado y dispone la inhabilitación inmediata sin trámites adicionales, pero no delimita en estas cláusulas el período, la entidad que verifica o el alcance de los incumplimientos. Conviene revisar cómo se aplica, pues puede excluir oferentes mediante una condición amplia y sin criterios explícitos de valoración.
“6) Contratistas que no hayan incurrido en incumplimientos contractuales en procesos anteriores con el Estado dominicano. … El incumplimiento de las disposiciones establecidas en este apartado será causa de inhabilitación inmediata, sin nece”
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Para quien califique en más de dos lotes, la regla indica escoger los lotes de mayor valor, aunque el criterio general de adjudicación indicado en la misma cláusula es el menor precio. El documento no explica cómo se combina esa selección de lotes con la comparación de precios y el reporte de lugares ocupados.
“En caso de que un mismo proponente califique en mas de dos lotes, se va escoger el de mayor valor según corresponda en cada lote, a modo de seleccionar la oferta mas conveniente.”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Derecho a participarLímite de contratos activos de contratistas
Los contratistas de la DIE podían tener hasta dos contratos activos y vigentes.
Contratistas de obras, reparaciones o remodelaciones de la DIE y/o MINERD no pueden contar con más de un contrato activo y vigente.
Endurece
Derecho a participarAdjudicaciones en procesos posteriores durante contratos vigentes
Una nota impedía a quienes fueran adjudicados en este proceso ser adjudicatarios de procesos posteriores de rehabilitación de aulas hasta concluir sus compromisos.
Se elimina esa nota; se permite un lote adicional en otros procesos, con límite de dos lotes en el conjunto de procesos y mientras no concluyan los compromisos.
RelajaQuita un control: Se debilita el control de carga contractual que impedía nuevas adjudicaciones hasta concluir compromisos previos.
AdjudicaciónSelección de lotes cuando un oferente califica en más de dos
Máximo de dos lotes por oferente; excepcionalmente se podía exceder el límite si había menos oferentes habilitados que lotes disponibles, sin fijar un máximo definitivo.
Se establece un máximo excepcional de cuatro lotes y, si un oferente califica en más de dos, se escogerán los lotes de mayor valor.
Aclara
Tiempo de ejecución de la obraInicio del cómputo del plazo
Los plazos de ejecución se vinculaban a los pliegos y planes de trabajo aprobados, sin indicar en este párrafo que empezaran con el anticipo.
Los mismos plazos se cuentan a partir de la entrega del anticipo; el adjudicatario debe acudir sin demora a convocatorias de reconocimiento, visitas y reuniones técnicas.
Relaja
Anticipo y garantía de buen usoPlazo para entregar el anticipo
Anticipo del 20% dentro de un máximo de 60 días calendario desde la firma del contrato, contra garantía.
Anticipo del 20% dentro de un máximo de 25 días hábiles desde la firma del contrato, contra garantía por el total del avance; se mantiene la salvedad por dilaciones administrativas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Mantenimiento de oferta y garantía de seriedadVigencia de oferta y garantía
Oferta vigente hasta el 11/09/2025; garantía de seriedad vigente hasta el 11/09/2025 y, según el texto anterior, hasta 45 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato.
Oferta y garantía de seriedad vigentes hasta el 30/07/2025, fecha prevista para suscribir el contrato.
RelajaQuita un control: Se reduce el período de cobertura de la garantía de seriedad, que deja de extenderse 45 días después de la suscripción prevista.
Oferta técnica y económicaEntrega de copias digitales editables
La memoria USB con copia de la oferta técnica era obligatoria; presupuesto, análisis de costos, resumen y flujograma debían entregarse en formatos editables especificados.
La USB para la oferta técnica se recomienda; para presupuesto y análisis de costos se recomienda Excel editable, y la oferta económica en USB también se sugiere.
RelajaQuita un control: Se debilita la disponibilidad obligatoria de archivos digitales editables para contrastar y procesar las ofertas; se conserva la exigencia física de parte de la documentación.
Presupuesto base y lista de cantidadesPresupuesto referencial y anexo de cantidades
Presupuesto base de RD$183,946,121.12 y anexo Lista de Cantidades.zip.
Presupuesto base de RD$182,435,811.15; se sustituye el anexo por Enmienda No.1 - LISTA DE CANTIDADES.zip.
Neutral
Objeto, centros educativos y ubicaciónRelación de centros, cantidades y coordenadas
La tabla original incluía, entre otros, CE Batey Margarita, CE Proyecto Caño Hondo y CE Kilómetro I en los lotes indicados.
La tabla revisada incluye CE Alejandro Bass y CE Arroyo Piedra, entre otros ajustes de centros y coordenadas; el objeto sigue descrito como rehabilitación de 377 aulas.