El Acto Administrativo núm. 06-2025, de 2025-06-03, determina la Comparación de Precios para contratar una auditoría interna de los períodos septiembre de 2020 a diciembre de 2024 y aprueba los términos de referencia. Consigna una apropiación presupuestaria de RD$2,300,000 y designa tres peritos; el portal registra para el proceso un monto estimado de RD$4,600,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (7 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra un monto estimado de RD$4,600,000, mientras sus cinco ítems suman RD$2,300,000 y el acto consigna una apropiación por ese mismo monto. La diferencia requiere cotejar el estudio de costos y los registros del proceso; el monto adjudicado registrado es inferior a la apropiación.
“A que la institución cuenta con la Certificación de Apropiación Presupuestaria de por un monto de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$2,300,000.00), para la contratación de los SERVICIOS DE FIRMA DE AUDITORES PARA LA REALIZAC”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta identifica a Thelma Figueroa como encargada de Comunicación y señala que representa a la encargada de Planificación y Desarrollo. Conviene verificar la causa y las condiciones de esa delegación: el Reglamento prevé sustituciones temporales bajo circunstancias determinadas y exige que la persona sustituta tenga capacidad para ejercer las funciones del área.
“LIC. THELMA FIGUEROA”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona