jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

SRSN.D.07 PLIEGO DE CONDICIONES CP-0009.pdf

EQUIPOS MEDICOS, MOBILIARIO DE OFICINA Y MEDICO PARA DISTINTOS CENTROS DEL SRSN I. · SERVICIO REGIONAL DE SALUD CIBAO NORTE

Publicado el 10 jun de 202546 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SRSNORC-CCC-CP-2025-0009

Lo que dice

El pliego convoca la comparación de precios SRSNORC-CCC-CP-2025-0009 para adquirir 40 renglones de equipos médicos y mobiliario; fija la recepción de ofertas para el 24 de junio de 2025 y establece evaluación y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas técnicamente conformes. También prevé entregas parciales, crédito a 90 días y una garantía de fiel cumplimiento con vigencia de 90 días. Incluye reglas sobre cambios contractuales, ajustes cambiarios y desempates que ameritan revisión frente a los controles y criterios previstos en el marco aplicable.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (10)

A revisarHallazgo en documentos

Formulario económico declarado no subsanable si no se usa sin cambios

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El pliego declara no subsanable la falta de presentación del formulario económico requerido o el uso de otro formato o de una versión modificada. La regla puede excluir ofertas por la forma documental aunque contengan la información necesaria; el reglamento establece que no debe descalificarse por no utilizar documentos estandarizados si puede obtenerse la misma información.

“NO SUBSANABLE SINO ES PRESENTADO SOLO EN SOBRE “B” CONTENTIVO CON LA OFERTA ECONOMICA Y/U OTRO FORMATO QUE NO SEA EL FORMULARIO REQUERIDO SIN MODIFICACION ALGUNA AL MISMO.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 6 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 6 — Documentos estandarizados

Artículo 6. Documentos estandarizados. En el marco del ejercicio de función de centralización de las políticas y normas del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, la Dirección General emitirá modelos de pliegos de condiciones y documentos estandarizados que deberán ser utilizados por las instituciones contratantes y los proveedores con el objetivo de universalizar, homologar y unificar los expedientes de los procedimientos de selección. Párrafo. Sin perjuicio del objetivo anterior, no será motivo de descalificación la oferta de un proveedor o motivo de la nulidad de un acto o etapa del procedimiento de selección, el que no se hayan utilizado los documentos estandarizados, siempre que…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Ajuste cambiario previsto al superar una variación del 5 %

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El pliego contempla ajustes por variaciones cambiarias superiores al 5 %, sin precisar en esta cláusula que deban acreditarse los supuestos y el desequilibrio requeridos para restablecer el equilibrio económico-financiero. Conviene verificar cómo se aplicaría frente a los precios ofertados y al monto finalmente pagado.

“A fin de cubrir las eventuales variaciones de la tasa de cambio del dólar de los Estados Unidos de Norteamérica (US$), EL SERVICIO REGIONAL DE SALUD CIBAO NORTE I podrá considerar eventuales ajustes, una vez que las variaciones registradas ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 32 · Reglamento 416-23, art. 177 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 32

ART. 32. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones o en la documentación contractual, el contratista tendrá: 1) El derecho a los ajustes correspondientes de las condiciones contractuales, cuando ocurrieren acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, con relación a las condiciones existentes al momento de la presentación de propuestas, que devuelvan el equilibrio económico del contrato; 2) Ejecutar el contrato por sí, o mediante cesión o subcontratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, siempre que se obtenga la previa y expresa autorización de la administración, en…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 177 — Causas de ruptura del equilibrio económico y financiero

Artículo 177. Causas de ruptura del equilibrio económico y financiero. Las causas de ruptura del equilibrio económico y financiero de los contratos son las siguientes: 1. Manifestación de eventos imprevisibles, extraordinarios o de fuerza mayor, ajenos a la voluntad y el control de las partes contratantes, que afectan adversa y gravemente las condiciones económicas y financieras del contrato. 2. Cambios en los precios de los insumos y costos en los factores de producción, que modifiquen los costos totales pendientes de ser pagados en una proporción no menor al cinco por ciento (5 %) de su valor presupuestado en el contrato suscrito. 3. Medida de la administración pública, de carácter…

A revisarHallazgo en documentos

Modificación de hasta 50 % formulada para un contrato de bienes

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El objeto documentado es la adquisición de bienes, pero la cláusula de modificación alude al monto de un contrato de servicio y permite hasta un 50 %. La Ley distingue los servicios, cuyo monto puede modificarse dentro de ese límite, de los bienes, para los que no admite modificación de las cantidades previstas; conviene aclarar qué alcance contractual se pretendía establecer.

“La Entidad Contratante podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un podrá modificar, disminuir o aumentar hasta el cincuenta por ciento (50%), del monto del Contrato original del servicio, siempre y cuando se mantenga el de la contratació”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 180 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 31

ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 180 — Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones

Artículo 180. Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones. Excepcionalmente, la institución contratante podrá realizar modificaciones a los contratos y órdenes de compra o servicios por causas no previstas en el pliego de condiciones, pero sin alterar el objeto del contrato y cumpliendo los límites porcentuales definidos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, solo en las siguientes situaciones: 1. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos. 2. Que la modificación surja como consecuencia de circunstancias imprevisibles que hacen necesarias variaciones en las condiciones contractuales…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego exige ofertar los 40 renglones completos

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El pliego exige ofertar la cantidad total solicitada en todos los ítems, aunque dispone que la evaluación y adjudicación se harán por ítem. Esa condición puede impedir que proveedores especializados en parte del objeto participen en los renglones que sí pueden suministrar.

“Todos los ítems señalados deberán ofertarse por la cantidad total solicitada en el formulario y en el sobre correspondiente.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Ambigüedades se interpretan a favor de la entidad

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que las cláusulas ambiguas u oscuras se interpreten en el sentido más favorable a la entidad contratante, sin definir un criterio neutral de resolución. Esto puede afectar la previsibilidad con que los oferentes preparan sus propuestas y la aplicación uniforme de las condiciones.

“Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Entidad Contratante, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Desempate permite mejorar precios después de presentadas las ofertas

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

Ante un empate, el pliego prevé llamar a las empresas a mejorar sus ofertas y, si no lo hacen, pasar directamente al azar. El reglamento establece criterios de desempate vinculados a discapacidad, protección ambiental y subcontratación de MIPYMES antes de recurrir al azar cuando no se hayan previsto o presentado esos criterios.

“El Comité de Compras y Contrataciones procederá a llamar a las empresas que resultaron empatadas a mejorar ofertas adjudicando de ese modo a la empresa que menor precio presente, de lo contrario por una elección al azar, en presencia de Not”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Garantía de fiel cumplimiento limitada a 90 días

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

La vigencia se fija en 90 días desde la constitución hasta el fiel cumplimiento, mientras el reglamento dispone que se mantenga hasta la liquidación del contrato. Dado que el propio pliego contempla hasta 90 días para la entrega, la duración fijada podría dejar sin cobertura etapas posteriores de recepción o liquidación.

“La vigencia de la garantía será de noventa (90) días calendario contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Pago a 90 días sin expresar la salvedad del anticipo MIPYME

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El pliego establece pago a crédito a 90 días luego del despacho y la recepción satisfactoria, sin expresar una salvedad para el anticipo del 20 % previsto para adjudicaciones a MIPYMES en procedimientos ordinarios. Conviene verificar que las condiciones de pago aplicables a una eventual adjudicación a una MIPYME respeten ese anticipo.

“Las condiciones de pago establecidas, crédito con plazo a Noventa (90) días luego de haber sido realizado el despacho de los bienes y la recepción satisfactoria de los mismos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 155 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES

Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Entrega parcial exigida dentro de cinco días hábiles

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

Aunque el suministro total puede extenderse por 90 días, el pliego exige entregar cada cantidad parcial en cinco días hábiles desde el requerimiento, sin que en esta cláusula se delimiten cantidades mínimas o un calendario de pedidos. Para 40 tipos de bienes distintos, esa respuesta breve puede restringir la participación de proveedores sin inventario disponible inmediato.

“Durante este plazo de Noventa (90) días, el Servicio Regional de Salud Cibao Norte I podrá realizar requerimientos por escrito de cantidades parciales de las cantidades totales adjudicadas y el adjudicatario deberá entregar lo solicitado en”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

La entidad se reserva modificar unilateralmente el cronograma

Documento del 10 jun 2025 · hace 1 año

El pliego reserva a la entidad el derecho de modificar unilateralmente el cronograma conforme entienda oportuno, sin describir en esa cláusula límites, supuestos o un procedimiento de notificación. La amplitud de la reserva puede afectar la certeza de las obligaciones y los plazos de entrega del proveedor.

“La Entidad Contratante, como órgano de ejecución del Contrato se reserva el derecho de modificar de manera unilateral el Cronograma, conforme entienda oportuno a los intereses de la institución.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 179 · Reglamento 416-23, art. 181 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios

Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato

Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…

Otros documentos del proceso (34)

  • ACTA DE COMITE INCIO DE PROCESO CP-0009.pdfInforme pericial · 10 jun de 2025 · 2 señales
  • AUTORIZACION INICIO DE PROCESO CP-0009.pdfPliego · 10 jun de 2025 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE APROPIACION PRESUPUESTARIA CP-0009.pdfCertificación de fondos · 10 jun de 2025 · 1 señal
  • CONVOCATORIA CP-0009.pdfDocumento · 10 jun de 2025
  • DICTAMEN JURIDICO CP-0009.pdfDictamen · 10 jun de 2025
  • REQUISICION.pdfDocumento · 10 jun de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS CP-0009.pdfSolicitud de compra · 10 jun de 2025 · 1 señal
  • FICHA TECNICA CP-0009.pdfPliego · 10 jun de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO CP-0009.pdfActa de adjudicación · 9 jul de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO CP-0009.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO CP-0009.pdfActa de adjudicación · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ACTA DE ADJUDICACION PROCESO CP-0009.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO CP-0009.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de apertura Sobre B.pdfActa · —
  • Acta de apertura Sobre B.pdfActa · —
  • Acta de apertura Sobre B.pdfActa · —
  • Acta de apertura Sobre B.pdfActa · —
  • CONTRATO BIONUCLEAR SA.pdfContrato · —
  • CONTRATO BURDIEZ Y COMPAÑIA.pdfContrato · —
  • CONTRATO FLOW.pdfContrato · —
  • CONTRATO PRODUCTOS MEDICINALES.pdfContrato · —
  • CUOTA A COMPROMETER BIONUCLEAR SA.pdfDocumento · —
  • CUOTA A COMPROMETER BURDIEZ Y COMPAÑIA.pdfDocumento · —
  • CUOTA A COMPROMETER FLOW.pdfDocumento · —
  • CUOTA A COMPROMETER PRODUCTOS MEDICINALES.pdfDocumento · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe de evaluacion economica y recomendacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —